AYUNTAMIENTO DE GUADALAJARA
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Con fecha 7 de junio de 2020 la Alcaldía-Presidencia dictó la Resolución 2020-2604, posteriormente rectificada por otra de fecha 9 de junio de 2020, Decreto 2020-2662, y por la que definitivamente la primera queda redactada como sigue:
DECRETO
Con fecha 12 de marzo de 2020 por Decreto de Alcaldía Presidencia se acordó la suspensión y uso de todas las instalaciones culturales municipales, dadas las circunstancias excepcionales sobrevenidas a causa del virus COVID-19 y en estricto desarrollo de las medidas y recomendaciones efectuadas por el Gobierno central, que posteriormente decretó el estado de alarma.
En aplicación de lo dispuesto en la Orden SND/458/2020, de 30 de mayo, para la flexibilización de determinadas restricciones de ámbito nacional establecidas tras la declaración del estado de alarma en aplicación de la fase 3 del Plan para la transición hacia una nueva normalidad y el anexo modificado de esta última por Orden SND/507/2020, de 6 de junio, por la que se modifican diversas órdenes con el fin de flexibilizar determinadas restricciones de ámbito nacional y establecer las unidades territoriales que progresan a las fases 2 y 3 del Plan para la transición hacia una nueva normalidad.
En virtud de las competencias recogidas en el artículo 124. 4 letra g) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las de Bases del Régimen Local, por el presente
RESUELVO
PRIMERO: Levantar la suspensión y ordenar la apertura de la sala de estudio ubicada en el Centro Municipal Integrado “Eduardo Guitián” con fecha 8 de junio de 2020.
SEGUNDO: La apertura de dicha instalación en la fecha señalada será objeto de uso con estricto cumplimiento al artículo 22.3 de la Orden SND/458/2020, de 30 de mayo, para la flexibilización de determinadas restricciones de ámbito nacional establecidas tras la declaración del estado de alarma en aplicación de la fase 3 del Plan para la transición hacia una nueva normalidad.
El acceso estará limitado de lunes a viernes en horario de 9:00 a 21:00 si bien, el órgano gestor podrá habilitar en fechas futuras otros horarios ampliados en función de la adjudicación y prestación de todos los servicios de la Biblioteca Suárez de Puga observando siempre las medidas de seguridad y protección, prevención e higiene exigidas legalmente.
TERCERO.- Dése la máxima difusión al mismo mediante inserción en Boletín Oficial de la Provincial de Guadalajara y tablón de edictos, así como en la web municipal.
En Guadalajara, a diez de junio de 2020. El Alcalde-Presidente, Fdo.: Alberto Rojo Blas