AYUNTAMIENTO DE GUADALAJARA
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Con fecha 2 de junio de 2020, el Sr. Alcalde-Presidente ha firmado la siguiente Resolución:
Con fecha 12 de marzo de 2020 por Decreto de Alcaldía Presidencia se acordó la suspensión y uso de todas las instalaciones deportivas municipales, dadas las circunstancias excepcionales sobrevenidas a causa del virus COVID-19 y en estricto desarrollo de las medidas y recomendaciones efectuadas por el Gobierno central, que posteriormente decretó el estado de alarma.
En aplicación de lo dispuesto en la Orden SND/414/2020, de 16 de mayo, para la flexibilización de determinadas restricciones de ámbito nacional establecidas tras la declaración del estado de alarma en aplicación de la fase 2 del Plan para la transición hacia una nueva normalidad y el anexo modificado de esta última por Orden SND/440/2020, de 23 de mayo, por la que se modifican diversas órdenes para una mejor gestión de la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 en aplicación del Plan para la transición hacia una nueva normalidad,
En virtud de las competencias recogidas en el artículo 124. 4 letra g) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las de Bases del Régimen Local, por el presente
RESUELVO
PRIMERO: Levantar la suspensión y ordenar la apertura de las piscinas municipales de San Roque, con fecha 3 de junio de 2020.
SEGUNDO: La apertura de dicha instalación en la fecha señalada se efectuará exclusivamente para uso deportivo y será, por tanto, objeto de uso con estricto cumplimiento al artículo 43 de la Orden SND/414/2020, de 16 de mayo, para la flexibilización de determinadas restricciones de ámbito nacional establecidas tras la declaración del estado de alarma en aplicación de la fase 2 del Plan para la transición hacia una nueva normalidad.
El acceso estará limitado a deportistas de alto nivel y federados en disciplinas deportivas acuáticas si bien, de acuerdo con las recomendaciones de la autoridad sanitaria el órgano gestor podrá habilitar en fechas futuras la apertura al resto de usuarios siempre que se pueda acomodar el horario y observar las medidas de seguridad y protección, prevención e higiene exigidas legalmente.
TERCERO.- Dése la máxima difusión al mismo mediante inserción en Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara y tablón de edictos, así como en la web municipal.
En Guadalajara, a 3 de junio de 2020. El Alcalde-Presidente. Fdo.: Alberto Rojo Blas