AYUNTAMIENTO DE GUADALAJARA
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De conformidad con lo dispuesto en artículos 44 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2.568/1986, de 28 de noviembre; artículo 9.3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y artículos 18.3 y 31.3 del Reglamento Orgánico del Gobierno y Administración del Ayuntamiento de Guadalajara; se publica el presente anuncio en relación con la organización de la Corporación Municipal del Ayuntamiento de Guadalajara:
DELEGACIÓN DE COMPETENCIAS DE LA ALCALDÍA:
1.- Decreto de la Alcaldía de fecha 27 de marzo de 2020 de avocación y delegación de competencias:
Primero.- Avocar las competencias efectuadas mediante los siguientes Decretos:
1.- Decreto de fecha 14 de noviembre de 2019 por el que se delegaban competencias en materia de Gestión Presupuestaria; Hacienda; Patrimonio Municipal; Cementerio; Archivo; Información, Registro y Padrón; Contratación y Compras; en los Concejales D. Santiago Baeza Llorente y Dª M.ª del Pilar Sánchez Castro.
2.- Decreto de fecha 25 de marzo de 2020 por el que se delegaban competencias en materia de RRHH, Empleo, Promoción Económica y desarrollo empresarial, Casco Histórico y Poblado de Villaflores en Dª Lucía de Luz Pontón.
Segundo.-
– DELEGAR EN EL CONCEJAL D. SANTIAGO T. BAEZA SAN LLORENTE, las competencias en materia de RRHH, Empleo, Promoción Económica y desarrollo empresarial, Casco Histórico y Poblado de Villaflores.
Tercero.-
– DELEGAR EN LA CONCEJALA Dª LUCÍA DE LUZ PONTÓN, las competencias en materia de Contratación y Compras; Información, Registro y Padrón; Patrimonio Municipal y Cementerio.
DELEGACIÓN DE COMPETENCIAS DE LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL:
1.- Acuerdo de Junta de Gobierno Local de 28 de abril de 2020 por el que se delegan competencias:
Primero.- Efectuar las siguientes delegaciones con facultades para gestionar los servicios incluida la de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros:
- En materia de Personal y Recursos Humanos.
-Delegar en el Sr. Concejal Delegado de Recursos Humanos, D. Santiago Baeza San Llorente:
- El nombramiento de funcionarios interinos y en Comisión de Servicio, la contratación de Personal Eventual, la resolución de expedientes disciplinaros, las pólizas sanitarias, prótesis, indemnizaciones por razón de servicio, ayudas sociales, anticipos de nominas, licencias.
- Resolución de los recursos administrativos y suspensión de procedimiento correspondientes a las facultades delegadas.
- La aprobación de las Bases y convocatorias de selección y provisión de puestos de trabajo.
- La adscripción de los empleados públicos a los puestos de trabajo y a las Áreas de Gobierno.
- En materia de Contratación.
- Delegar en el Sr. Concejal Delegado Coordinador de Área de Gobierno, D. Santiago Baeza San Llorente las competencias atribuidas al órgano de contratación en el art. 118 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Publico, en relación con la tramitación de los contratos menores definidos en el mismo correspondientes al Área de Desarrollo Económico, Turismo y Hacienda.
- Delegar en la Sra. Concejala Delegada de Contratación y Compras, Dª. Lucia de Luz Pontón:
- La devolución de las fianzas constituidas por los adjudicatarios de contratos administrativos de obras y de otros tipos de contratos.
- La formalización de las actas de recepción de obras o conformidad en otros contratos que celebre la administración. En caso de vacante, ausencia o enfermedad, ejercerá esta competencia el Alcalde-Presidente.
- En materia de Patrimonio.
Delegar en la Sra. Concejala de Cementerio, Dª. Lucia de Luz Pontón:
-
Las licencias de obras menores que tengan por objeto el acondicionamiento de sepulturas, concesión de derechos de cesión de uso durante 75 años, concesiones de derechos por cambio de titularidad en las cesiones de uso de 99 o 75 años y concesiones de traslado de restos cadavéricos.
Segundo.- Por razones de eficacia administrativa, avocar con carácter general las competencias delegadas en los Concejales y Concejalas mencionados, en caso de que estos se encuentren en situación de enfermedad, ausencia o impedimento por cualquier motivo.
En Guadalajara, a 29 de abril de 2020. El Alcalde-Presidente. Fdo.: Alberto Rojo Blas