AYUNTAMIENTO DE ALOVERA
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Por acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Alovera por el que se aprobó la modificación de la Base 35ª de las Bases de Ejecución del Presupuesto 2020, de conformidad con el artículo 169.1 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo y el artículo 20 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, ha quedado automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario de aprobación inicial de este Ayuntamiento adoptado en sesión extraordinaria de 28 de febrero de 2020, como sigue a continuación:
MODIFICACIÓN DE LA BASE 35ª DE EJECUCIÓN DEL PRESUPUESTO GENERAL DEL AYUNTAMIENTO DE ALOVERA. SUBVENCIÓN NOMINATIVA.
APLICACIÓN |
BENEFICIARIO |
CIF |
PROYECTO SUBVENCIONABLE |
IMPORTE 2020 |
231 48000 |
CÁRITAS DIOCESANA SIGÜENZA-GUADALAJARA |
R1900039G |
COMIDA SOBRE RUEDAS |
10.000€ |
Dicha aprobación, también a disposición de los interesados en la sede electrónica de este Ayuntamiento [http://alovera.sedelectronica.es], podrá ser impugnada ante la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, con los requisitos, formalidades y causas señaladas en el artículo 170 y 171 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y en la forma y plazos que establecen las normas de dicha Jurisdicción.
Alovera, a 15 de abril de 2020. Fdo: La Alcaldesa, María Purificación Tortuero Pliego