AYUNTAMIENTO DE PIOZ
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En cumplimiento del art. 169.1 por remisión del 179.4 TRLHL, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, ha quedado automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo Plenario de Aprobación Inicial adoptado en fecha 27 de Febrero de 2020, sobre el expediente 1/2020 de transferencia de créditos en los términos que se indican:
Transferencia de Altas en aplicaciones de gastos
Aplicación | Descripción | Créditos disponibles | Modificaciones de crédito | Créditos finales | |
Progr. | Económica | ||||
320 | 22103 | Combustibles y Carburantes | 22.000,00 | 9.957,77 | 31.957,77 |
320 | 22700 | Limpieza y Aseo | -30.730,03 | 46.256,11 | 15.526,08 |
338 | 22699 | Otros Gastos Diversos | 18.000,00 | 7.606.12 | 25.606,12 |
TOTAL | 64.269,97 | 63.820,00 | 73.089,97 |
Transferencia de Bajas en aplicaciones de gastos
Aplicación | Descripción | Créditos disponibles | Bajas o anulaciones | Créditos finales | |
Progr. | Económica | ||||
920 | 22699 | Otros gastos diversos | 164.000,00 | 63.820,00 | 100.180,00 |
TOTAL | 164.000,00 | 63.820,00 | 100.180,00 |
Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el art. 113 LRBRL, los interesados podrán interponer recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 43 de la LRJCA. La interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del Acuerdo impugnado.
Lo que se manda a publicar en el Boletin Oficial de la Provincia; a los efectos legales oportunos.
En Pioz, a 26 de Marzo de 2020. El Alcalde-Presidente, Fdo. Juan Antonio Pendás Zacarías