Ayuntamiento de Quer
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Se hace público que mediante resolución de Alcaldía de fecha 3 de febrero de 2016, se adoptó la siguiente resolución:
A la vista de la resolución de la Alcaldía 6/20126, de 12 de enero de 2016, por la que se crea la sede electrónica del Ayuntamiento de Que, se ha advertido que donde dice:
El Alcalde del Ayuntamiento de Que ha dictado una resolución que dice:
- La dirección electrónica de acceso a la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Quer es http://quer.sedeelectronica.es
Debe decir:
- La dirección electrónica de acceso a la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Quer es quer.sedelectronica.es
Por todo lo anterior de acuerdo con lo establecido en el art. 105 de la Ley de Régimen Jurídico y Procedimiento Administrativo Común, he resuelto:
PRIMERO.- Corregir el error material de la resolución de tal manera que donde dice:
- La dirección electrónica de acceso a la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Quer es http://quer.sedeelectronica.es
Debe decir:
- La dirección electrónica de acceso a la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Quer es quer.sedelectronica.es
La presente resolución se dará cuenta en el próximo Pleno que se celebre para su ratificación, debiéndose publicar la corrección de errores en el Boletín Oficial de la Provincia, y en el tablón de edictos de la Corporación.
En Quer, 3 de febrero de 2016.– El Alcalde, José Miguel Benítez Moreno.