AYUNTAMIENTO DE MANDAYONA
3436
SUMARIO
Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Mandayona de 26 de julio de 2019 por el que se aprueba definitivamente la Modificación de Ordenanza Fiscal Reguladora de del Impuesto de Bienes Inmuebles.
TEXTO
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario provisional de este Ayuntamiento sobre la modificación de Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto de Bienes Inmuebles, cuyo texto íntegro se hace público en cumplimiento del artículo 17.4 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.
"Se incluye el artículo 3 de la ORDENANZA FISCAL DEL IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES con el siguiente tenor literal:
“ARTÍCULO 3.- BONIFICACIONES.
Se establece una bonificación del 50 % de la cuota íntegra del Impuesto a favor de aquello sujetos pasivos que ostenten la condición de titulares de familia numerosa, siempre y cuando el objeto tributario constituya la vivienda habitual de la familia.”
Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 19 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se podrá interponer por los interesados recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla La Mancha, con sede en Albacete.
Mandayona a 26 de diciembre de 2019. El Alcalde. Fdo.: Oscar Relaño Tena