AYUNTAMIENTO DE LEDANCA
3401
Aprobado definitivamente el Presupuesto General del Ayuntamiento para el ejercicio 2019 y comprensivo aquél del Presupuesto General de este Ayuntamiento, Bases de Ejecución, plantilla de Personal funcionario y laboral, de conformidad con el artículo 169 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo y el artículo 20 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, se publica el resumen del mismo por capítulos:
ESTADO DE GASTOS |
|
A) OPERACIONES NO FINANCIERAS |
|
A.1. OPERACIONES CORRIENTES |
|
CAPÍTULO 1: Gastos de Personal |
40 045,78 € |
CAPÍTULO 2: Gastos Corrientes en Bienes y Servicios |
91 396,79 € |
CAPÍTULO 3: Gastos Financieros |
300,00 € |
CAPÍTULO 4: Transferencias Corrientes |
1 820,00 € |
A.2. OPERACIONES DE CAPITAL |
|
CAPÍTULO 6: Inversiones Reales |
22 086,00 € |
CAPÍTULO 7: Transferencias de Capital |
136,91 € |
B) OPERACIONES FINANCIERAS |
|
CAPÍTULO 8: Activos Financieros |
0,00 € |
CAPÍTULO 9: Pasivos Financieros |
0,00 € |
TOTAL: |
155 812,48 € |
ESTADO DE INGRESOS |
|
A) OPERACIONES NO FINANCIERAS |
|
A.1. OPERACIONES CORRIENTES |
|
CAPÍTULO 1: Impuestos Directos |
80 574,33 € |
CAPÍTULO 2: Impuestos Indirectos |
3 786,61 € |
CAPÍTULO 3: Tasas, Precios Públicos y otros Ingresos |
26 658,76 € |
CAPÍTULO 4: Transferencias Corrientes |
19 896,78 € |
CAPÍTULO 5: Ingresos Patrimoniales |
4 896,00 € |
A.2. OPERACIONES DE CAPITAL |
|
CAPÍTULO 6: Enajenación de Inversiones Reales |
0,00 € |
CAPÍTULO 7: Transferencias de Capital |
20 000,00 € |
B) OPERACIONES FINANCIERAS |
|
CAPÍTULO 8: Activos Financieros |
0,00 € |
CAPÍTULO 9: Pasivos Financieros |
0,00 € |
TOTAL: |
155 812,48 € |
PLANTILLA DE PERSONAL
A) FUNCIONARIOS
- Secretaría-Intervención
Subgrupo A1
Nivel: 26
Plazas: Una
B) PERSONAL LABORAL INTERINO
- Peón servicios múltiples, a tiempo parcial
Plazas: Una
C) PERSONAL LABORAL TEMPORAL
- Peón medio ambiente
Plazas: Una
RESUMEN Funcionarios: 1 Laboral interino: 1 laboral temporal: 1 TOTAL PLANTILLA: 3 |
Dicha aprobación podrá ser impugnada ante la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, con los requisitos, formalidades y causas señaladas en el artículo 170 y 171 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y en la forma y plazos que establecen las normas de dicha Jurisdicción.
Ledanca, 21 de diciembre de 2019. El Alcalde, Antonio Íñigo Torre