AYUNTAMIENTO DE OLMEDA DE COBETA
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A tenor de lo dispuesto en el artículo 33.1 de la Ley 3/2015, de 5 de marzo, de Caza de Castilla La Mancha (DOCM nº 40, de 12 de marzo de 2015, modificada por la Ley 2/2018, de 15 de marzo (BOCM nº 60, de 28/03/2018), por el que se desarrolla reglamentariamente el título IV “De los terrenos”, de la Ley anterior, y el artículo 44 de la Ley 39/2015 Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se hace saber a aquellos propietarios de las fincas rústicas del término de Olmeda de Cobeta (Guadalajara) que pertenecen al coto de caza GU-10779, cuya notificación ha resultado infructuosa o se desconoce su domicilio, que disponen de un plazo de 10 días para informar al Ayuntamiento en caso de no querer mantener sus fincas en el coto referenciado, dirigiendo escrito al Ayuntamiento de Olmeda de Cobeta, en calle Real, 3 – 19444 Olmeda de Cobeta (Guadalajara).
De no oponerse expresamente en el plazo señalado se considerará que presta su conformidad a que las fincas de su propiedad sigan incluidas a los efectos de aprovechamiento cinegético en el coto de caza GU-10779 por un plazo de cinco años, prorrogables por lustros hasta un máximo de quince años a partir de la publicación de este anuncio
Olmeda de Cobeta, 12 de diciembre del 2019. El Alcalde-Presidente, Juan Antonio Calvo Padín