AYUNTAMIENTO DE JADRAQUE
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En cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del 179.4, del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, ha quedado automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario de aprobación inicial del Ayuntamiento de Jadraque, adoptado en fecha 6 de Noviembre de 2019, del expediente nº3/2019, de transferencia de créditos entre partidas de distinto Área de Gasto que no afectan a gastos de personal, el cual se hace público con el siguiente detalle:
PARTIDA |
DENOMINACIÓN |
AUMENTO |
DISMINUCIÓN |
1532.221.99 |
Otros suministros |
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1.661,18 € |
334.619.00 |
Invers. reposición en Infraestructura y bienes destinados al uso general. |
1.661,18 € |
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TOTALES |
1.661,18 € |
1.661,18€ |
Contra el presente acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 113 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 43 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.
En Jadraque a 17 de Diciembre de 2019.El Alcalde,Héctor Gregorio Esteban