CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL TAJO
3232
Resolución del Presidente de la Confederación Hidrográfica del Tajo sobre aprobación del Canon de Regulación del Henares. Año 2020.
Finalizado el periodo de información pública, se han recibido escritos de alegaciones en plazo, que han sido estimadas parcialmente según los informes del Área de Explotación y del Área de Régimen Jurídico-Patrimonial, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 302 del Real Decreto 849/1986, de 11 de abril, por el que se aprueba el Reglamento del Dominio Público Hidráulico, esta Presidencia ha resuelto aprobar los siguientes valores:
Uso |
Valor inicial |
Valor modificado |
Usuarios de abastecimiento y otros usos €/m³ |
0,026064 |
0,028172 |
Usuarios Riego €/ha |
36,30 |
34,60 |
Uso Hidroeléctrico, €/kwh |
0,002230 |
0,002472 |
Uso No Consuntivo, €/m³ |
0,001619 |
0,001883 |
Conforme a lo dispuesto en el artículo 115 del Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Aguas, la presente resolución tiene carácter económico-administrativo, por lo que podrá interponerse contra la misma recurso potestativo de reposición o reclamación económico-administrativa para su remisión, esta última ante el Tribunal Económico-Administrativo Regional, sin que sea posible simultanear estas dos vías de impugnación. Ambos recurso deberán dirigirse a la Confederación Hidrográfica del Tajo y presentarse dentro del mes siguiente a la publicación de la presente Resolución.
Madrid, 5 de diciembre de 2019, A propuesta del Director Técnico, aprueba El Presidente