AYUNTAMIENTO DE GALÁPAGOS
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Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo del Pleno de la Aprobación Provisional del Ayuntamiento de Galápagos ( Guadalajara) de 26 de septiembre de 2019, de Modificación Puntual de la Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica, cuyo texto íntegro se hace público en cumplimiento del artículo 17.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
Articulo 5.- BONIFICACIONES
- Se concede una bonificación del 50%, para vehículos totalmente eléctricos, sin ningún tipo de motor de combustión. La concesión de esta bonificación deberá ser instada por el interesado, teniendo efectos a partir del ejercicio siguiente a aquel en el que se solicite.
- Se concede una bonificación del 50% para los vehículos de tipo híbrido en cualquiera de sus modalidades. La concesión de esta bonificación deberá ser instada por el interesado, teniendo efectos a partir del ejercicio siguiente a aquel en el que se solicite.
Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 19 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se podrá interponer por los interesados recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha del artículo 17.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba
Galápagos, 20 de noviembre de 2019. El Alcalde-Presidente: Guillermo M. Rodríguez Ruano