AYUNTAMIENTO DE CABANILLAS DEL CAMPO
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El Pleno del Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada el día 1 de octubre de 2019, ha aprobado inicialmente una Modificación Puntual de la Relación de Puestos de Trabajo y Plantilla de este Ayuntamiento de conformidad con el proyecto obrante en el expediente.
El citado acuerdo se ha expuesto al público durante el plazo legalmente establecido, mediante la inserción de anuncio en el boletín oficial de la provincia de Guadalajara, sin que se haya formulado reclamación alguna contra el mismo, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 127 del texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, aprobado por Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril y el artículo 23,4 de la Ley 4/2011, de 10 de marzo de Empleo Púbico de Castilla-La Mancha y del artículo 169 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo por medio del presente anuncio, se procede a la publicación de la mencionada modificación como anexo.
Este acto administrativo tiene carácter resolutorio y pone fin a la vía administrativa, pudiendo recurrirse de las siguientes formas:
- Interposición directa de recurso contencioso-administrativo: en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la notificación o al de la publicación del acto, ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo en Guadalajara, de conformidad con los artículos 8.1 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de Julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa (LJCA). No obstante, conforme al artículo 14.1.Segunda de esta Ley, cuando el recurso tenga por objeto actos en materia de responsabilidad patrimonial, personal, propiedades especiales y sanciones será competente, a elección del demandante, el juzgado o el tribunal en cuya circunscripción tenga aquél su domicilio o el Juzgado de lo Contencioso Administrativo en Guadalajara, si bien la elección está limitada a la circunscripción del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha.
- Recurso potestativo de reposición alternativamente al recurso contencioso-administrativo: ante el Pleno, en el plazo de un mes computado a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la notificación o la publicación del acto, de conformidad con el artículo 52 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- No se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición en el caso de haberse interpuesto por haber transcurrido el plazo de un mes que es el máximo para dictarlo y notificarlo (artículos 24.1 y 123.2 LJCA).
- Asimismo, se podrá ejercitar cualquier otro recurso que se estime procedente.
En Cabanillas del Campo el 29 de octubre de 2019. El Alcalde. Fdo.: José García Salinas
ANEXO
PT-63- GABINETE DE COMUNICACIÓN
Grupo: A1 /A2
Retribución Total: 24.000 €/brutos/anuales(a percibir en 12 pagas de igual importe).
Relación propuesta: Personal Eventual.
Funciones: las descritas en la ficha del puesto de trabajo.
Requisitos exigidos:
- Graduado en Periodismo Ciencias de la información, Comunicación Audiovisual, Licenciado en Periodismo o titulaciones análogas o equivalentes en el mundo de la comunicación.
- Experiencia de 32 a 36 meses en el mundo de la comunicación institucional y corporativa y en la información local y provincial.