AYUNTAMIENTO DE CONDEMIOS DE ARRIBA
2793
En cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del 177.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario de fecha 14/07/2019, sobre:
1º).- Aprobar inicialmente el expediente de modificación de créditos
- N.º 01/2.017 de transferencia de créditos entre aplicaciones de gasto de distinta área del Presupuesto en vigor.
- Nº 1/2017 de suplemento de crédito con cargo a remanente de tesorería para gastos generales, de acuerdo con el siguiente resumen:
N 01/2019
Transferencia de crédito:
De: la aplicación presupuestaria 920/ 761 = 3.900,00
A : aplicación presupuestaria 450/ 622 = 3.900,00
N º1/2019:
Suplemento de crédito
Alta gastos
CAPÍTULO |
DESCRIPCIÓN |
IMPORTE |
6 |
Inversiones reales |
13.400,00 |
Alta ingresos
CAPÍTULO |
DESCRIPCIÓN |
IMPORTE |
8 |
Remanente de Tesorería |
13.400,00 |
Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.
En Condemios de Arriba a 18 de octubre de 2019. El Alcalde. Fdo.: Francisco Javier Abad García