AYUNTAMIENTO DE ALMOGUERA
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En cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del 179.4, del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, ha quedado automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario celebrado en Sesión Ordinaria 11/2019 de aprobación inicial de este Ayuntamiento, adoptado en fecha de 27 de Agosto de 2019, de modificación créditos en su modalidad de Suplemento de Créditos financiado con cargo al remanente líquido de tesorería que se hace público resumido por capítulos:
Presupuesto de Gastos
CAPÍTULO |
DESCRIPCIÓN |
CONSIGNACIÓN INICIAL |
CONSIGNACIÓN DEFINITIVA |
2 |
Gastos corrientes en bienes y servicios |
897.900 € |
972.900 € |
Presupuesto de Ingresos
CAPÍTULO |
DESCRIPCIÓN |
CONSIGNACIÓN INICIAL |
CONSIGNACIÓN DEFINITIVA |
8 |
Activos financieros |
0.-€ |
75.000 € |
Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.
En Almoguera a 25 de Septiembre de 2019. El Alcalde, Fdo. D. Luis Padrino Martínez