AYUNTAMIENTO DE MARCHAMALO
1674
Tras la celebración de las elecciones municipales el día 26/05/2019 y habiéndose procedido el día 15/06/2019 a la constitución de la nueva Corporación Local, se hacen públicos los nombramientos y delegaciones siguientes:
1.- Delegación de competencias de la Alcaldía a favor de concejales, mediante Decreto núm. 517, de fecha 17/06/2019.
Nombre y apellidos |
Área de responsabilidad |
María Susana Alcalde Adeva |
Economía, hacienda, administración general y compras Servicios sociales Dependencia Solidaridad y cooperación Género y diversidad |
Gustavo Murillo García |
Cultura y escuelas formativas culturales Gobierno abierto y tecnología Juventud y movimientos juveniles Participación ciudadana Transparencia. |
Bárbara Rodríguez Gómez |
Educación y AMPA’s Biblioteca, archivo y clubes de lectura Servicios municipales de Infancia y Mayores Empleo, fomento industrial local y formación profesional. Movimientos asociativos y atención a la vecindad. |
Manuel Andradas Recio |
Deporte y promoción de la salud. Contratación externa. Desarrollo urbano sostenible. Redes y consumo eficiente. Patrimonio e inventario |
María del Carmen Martín Santamaría |
Régimen interior y Recursos Humanos. Festejos populares. Protocolo. Seguridad Ciudadana, movilidad urbana y tráfico. Mercados. |
Santiago Isidro Claudio |
Transporte interurbano. Alumbrado público y eficiencia energética. Parques, espacios públicos y cementerio. Servicios públicos de medio ambiente urbano. Sanidad y consumo. |
2.- Nombramiento composición y funciones de la Junta de Gobierno Local, mediante Decreto núm. 518, de fecha 17/06/2019.
2.1.- COMPOSICIÓN
- Dª. María Susana Alcalde Adeva.
- D. Gustavo Murillo García.
- Dª. Bárbara Rodríguez Gómez
- Dª. María del Carmen Martín Santamaría.
2.2.- COMPETENCIAS DELEGADAS
- Aprobar la oferta de empleo público de acuerdo con el Presupuesto y la plantilla aprobados por el Pleno, aprobar las bases de las pruebas para la selección del personal y para los concursos de provisión de puestos de trabajo y distribuir las retribuciones complementarias que no sean fijas y periódicas (art. 21,1.g, LBRL)
- La aprobación de los instrumentos de planeamiento de desarrollo del planeamiento general no atribuidos expresamente al Pleno, así como la de los instrumentos de gestión urbanística y de los proyectos de urbanización (art. 21.1.j, LBRL).
- La concesión de cualquier tipo de licencias municipales en todo orden competencial asignadas a la Alcaldía, salvo que las leyes sectoriales atribuyan la competencia al Pleno o a la Junta de Gobierno. Se exceptúan las licencias de obra menor y las de ocupación de la vía pública, que siguen siendo competencia de la Alcaldía.
- La aprobación de los proyectos de obras y de servicios cuando sea competente para su contratación o concesión y estén previstos en el presupuesto (Art. 211.o, LBRL).
- La contratación de obras, de suministro, de servicios, los contratos de concesión de obras, los contratos de concesión de servicios y los contratos administrativos especiales, cuando su valor estimado no supere el 10 por ciento de los recursos ordinarios del presupuesto ni, en cualquier caso, la cuantía de seis millones de euros, incluidos los de carácter plurianual cuando su duración no sea superior a cuatro años, eventuales prórrogas incluidas siempre que el importe acumulado de todas sus anualidades no supere ni el porcentaje indicado, referido a los recursos ordinarios del presupuesto del primer ejercicio, ni la cuantía señalada (D.A. 2, de la LCSP). Se excluyen de esta delegación los contratos menores por su cuantía a los que se refiere el articulo 118 de la LCSP, que seguirán siendo competencia de la Alcaldía.
Nombramiento de Tenientes de Alcalde, mediante Decreto núm. 519, de 17/06/2019:
Primera Teniente de Alcalde: Doña María Susana Alcalde Adeva.
Segundo Teniente de Alcalde: Don Gustavo Murillo García.
En Marchamalo, a 23 de junio de 2019. El Alcalde. Rafael Esteban Santamaría