AYUNTAMIENTO DE MOHERNANDO
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SUMARIO
Acuerdo del Pleno de fecha 2 de Abril de 2.019 del Ayuntamiento de Mohernando por el que se aprueba definitivamente el expediente de modificación de créditos n. º I/2019, del Presupuesto en vigor, en la modalidad de crédito extraordinario para la aplicación del superávit presupuestario, que al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario fecha 2 de Abril de 2019, sobre el expediente de modificación de créditos n.º I/2.019.
TEXTO
Los importes aplicados a los diferentes destinos en base al Informe de Intervención son:
Financiar inversiones siempre que a lo largo de la vida útil de la inversión ésta sea financieramente sostenible, por la cantidad de 70.500,00 €.
El resumen de las aplicaciones presupuestarias a las que se destinará el superávit presupuestario según lo establecido en el apartado anterior, será el siguiente:
Altas en Aplicaciones de Gastos
Aplicación Presupuestaria |
N.º |
Descripción |
Euros |
|
1532 |
609001 |
1 |
CUBIERTA PISTA DE PADEL |
50.000,00 |
1532 |
609002 |
|
ADECUACIÓN LAVADERO |
20.500,00 |
|
|
|
TOTAL GASTOS |
70.500,00 |
Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 3 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.
En Mohernando a treinta de mayo de dos mil diecinueve.- El Alcalde-Presidente.- Fdo. Sebastián Timón Hontiveros