AYUNTAMIENTO DE CIFUENTES
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Visto el Decreto nº 129/2019 de fecha 28/03/2019 por el que se aprueban las bases reguladoras de selección para la provisión de una plaza de Trabajo Social itinerante para el centro de la Mujer de Cifuentes.
Visto que en las bases reguladoras dispone:” conforme a la Orden 22/11/2012, de la Consejería de Presidencia y Administraciones Públicas en la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para la gestión del funcionamiento de los Centros de la Mujer y Recursos de Acogida de Castilla La Mancha” debería decir: “Orden 163/2017, de 19 de septiembre, de la Vicepresidencia Primera, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para la gestión del funcionamiento de los Centros de la Mujer y los recursos de acogida en Castilla la Mancha y Orden 141/2018, de 26 de septiembre, de la Vicepresidencia Primera, por la que se modifica la Orden 163/2017, de 19 de septiembre, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para la gestión del funcionamiento de los Centro de la Mujer y los recursos de acogida en Castilla la Mancha”
Visto que se trata de un error de transcripción y visto el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, por el que “Las Administraciones Públicas podrán, asimismo, rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho, o aritméticos existentes en sus actos.”
En base a lo expuesto anteriormente y a la documentación obrante en el expediente,
PRIMERO. – Rectificar el error de transcripción existente en el Decreto nº 129/2019 de fecha 28/03/2019 por el que se aprueban las bases reguladoras de selección para la provisión de una plaza de Trabajo Social itinerante para el Centro de la Mujer de Cifuentes, en base a lo dispuesto en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, donde dice:” conforme a la Orden 22/11/2012, de la Consejería de Presidencia y Administraciones Públicas en la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para la gestión del funcionamiento de los Centros de la Mujer y Recursos de Acogida de Castilla La Mancha” debe decir: “Orden 163/2017, de 19 de septiembre, de la Vicepresidencia Primera, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para la gestión del funcionamiento de los Centros de la Mujer y los recursos de acogida en Castilla la Mancha y Orden 141/2018, de 26 de septiembre, de la Vicepresidencia Primera, por la que se modifica la Orden 163/2017, de 19 de septiembre, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para la gestión del funcionamiento de los Centro de la Mujer y los recursos de acogida en Castilla la Mancha”
SEGUNDO. - Publicar la presente resolución en el Boletín Oficial de la Provincia, Tablón de Anuncios, en la página web del Ayuntamiento de Cifuentes.
En Cifuentes a 13 de abril de 2019, el Alcalde D. José Luis Tenorio Pasamón