AYUNTAMIENTO DE ATIENZA
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Aprobado definitivamente el Presupuesto General del Ayuntamiento para el 2019 y comprensivo aquel del Presupuesto General de este Ayuntamiento, Bases de Ejecución, plantilla de Personal funcionario y laboral, de conformidad con el artículo 169 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo y el artículo 20 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, se publica el resumen del mismo por capítulos:
ESTADO DE GASTOS |
|
A) OPERACIONES NO FINANCIERAS |
532.926,58 € |
A.1. OPERACIONES CORRIENTES |
393.862,50 € |
CAPÍTULO 1: Gastos de Personal |
130.637,50 € |
CAPÍTULO 2: Gastos Corrientes en Bienes y Servicios |
261.650,00 € |
CAPÍTULO 3: Gastos Financieros |
175,00 € |
CAPÍTULO 4: Transferencias Corrientes |
1.400,00 € |
A.2. OPERACIONES DE CAPITAL |
139.064,08 € |
CAPÍTULO 6: Inversiones Reales |
137.664,08 € |
CAPÍTULO 7: Transferencias de Capital |
1.400,00 € |
B) OPERACIONES FINANCIERAS |
0,00 € |
CAPÍTULO 8: Activos Financieros |
0,00 € |
CAPÍTULO 9: Pasivos Financieros |
0,00 € |
TOTAL: |
532.926,58 € |
ESTADO DE INGRESOS |
|
A) OPERACIONES NO FINANCIERAS |
532.926,58 € |
A.1. OPERACIONES CORRIENTES |
417.586,44 € |
CAPÍTULO 1: Impuestos Directos |
166.848,46 € |
CAPÍTULO 2: Impuestos Indirectos |
9.600,00 € |
CAPÍTULO 3: Tasas, Precios Públicos y otros Ingresos |
107.630,86 € |
CAPÍTULO 4: Transferencias Corrientes |
83.250,35 € |
CAPÍTULO 5: Ingresos Patrimoniales |
50.256,77 € |
A.2. OPERACIONES DE CAPITAL |
115.340,14 € |
CAPÍTULO 6: Enajenación de Inversiones Reales |
0,00 € |
CAPÍTULO 7: Transferencias de Capital |
115.340,14 € |
B) OPERACIONES FINANCIERAS |
0,00 € |
CAPÍTULO 8: Activos Financieros |
0,00 € |
CAPÍTULO 9: Pasivos Financieros |
0,00 € |
TOTAL: |
532.826,58 € |
PLANTILLA DE PERSONAL
RESUMEN |
Funcionario interino………………………………………………. 1 Laboral Fijo………………………………………………………… 4 Laboral Temporal …………………………………………………. 2 Eventual (Plan Empleo)………………………………………….. 2 |
TOTAL PLANTILLA …….. 9 |
Dicha aprobación podrá ser impugnada ante la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, con los requisitos, formalidades y causas señaladas en el artículo 170 y 171 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y en la forma y plazos que establecen las normas de dicha Jurisdicción.
Atienza 25 febrero 2019. El Alcalde. Fdo. Pedro Loranca Garcés