AYUNTAMIENTO DE ALBENDIEGO
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En cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del 177.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario de fecha 12/12/2018 sobre expediente de modificación de créditos.
-Nº 2/2018 de suplemento de crédito con cargo a mayores ingresos para inversiones.
Alta gastos:
Capitulo 6 Descripción: Inversiones reales Importe 1.400,00
Alta ingresos
Capítulo 1 Descripción: Impuestos directos Importe 1.400,00
Nº 02/2018
.-N.º 02/2.018 de transferencia de créditos entre aplicaciones de gasto de distinta área del Presupuesto en vigor.
De: la aplicación presupuestaria 150 – 210 = 1.695,00
A : la aplicación presupuestaria 920 - 227 = 1.695,00
De: la aplicación presupuestaria 150 - 210 = 4.280,00
A : la aplicación presupuestaria 150 - 681 = 4.280,00
Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.
En Albendiego a 30 de enero de 2.018.- El Alcalde.- Jacinto Luengo Romero