AYUNTAMIENTO DE TARTANEDO
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Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario provisional sobre modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de la Tasa por recogida de basura, cuyo texto se hace público en cumplimiento del art. 17.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
Se modifica el artº 6º Cuota Tributaria, que pasará el siguiente contenido literal:
Artículo 6º,- Cuota Tributaria
1.-la cuota tributaria consistirá en una cantidad fija por unidad de local, y a tal efecto se aplicará la siguiente tarifa..........70,00 euros
El acuerdo de modificación de esta tasa comenzará a regir el día 1 de enero de 2019 y seguirá en vigor hasta que se acuerde su derogación o modificación expresa.
Contra el presente acuerdo, conforme al artículo 19 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se podrá interponer por los interesados recurso contencioso administrativo, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el B.O.P. ante la Sala del Tribunal Superior de Justicia de Castilla la Mancha.
Tartanedo a 28 de diciembre de 2018. El Alcalde Fdo: Francisco Larriba Alonso