COMUNIDAD DEL REAL SEÑORIO DE MOLINA Y SU TIERRA
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No habiéndose presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, se considera aprobado definitivamente el Presupuesto General de esta Entidad para el ejercicio 2018, comprensivo del Presupuesto General de esta Entidad, Bases de Ejecución y plantilla de personal; de conformidad con el artículo 169 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo y el artículo 20 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril se publica resumido por capítulos.
Dicha aprobación podrá ser impugnada ante la Jurisdicción contencioso-administrativa, con los requisitos, formalidades y causas señaladas en el artículo 170 y 171 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y en la forma y plazos que establecen las normas de dicha Jurisdicción.
Lo que se publica, para general conocimiento y a los efectos oportunos.
En Molina de Aragón, a 10 de diciembre de 2018.El Administrador, Fdo: Mariano Colás Merino
ANEXO
PRESUPUESTO GENERAL 2018
RESUMEN POR CAPITULOS
PG 2018 |
ESTADO DE GASTOS |
IMPORTE € |
|
A. OPERACIONES NO FINANCIERAS |
993.869,19 |
|
A.1. OPERACIONES CORRIENTES |
990.869,19 |
Cap.1 |
GASTOS DE PERSONAL |
722.500,00 |
Cap.2 |
GASTOS CORRIENTES EN BIENES Y SERVICIOS |
267.469,19 |
Cap.3 |
GASTOS FINANCIEROS |
700,00 |
Cap.4 |
TRANSFERENCIAS CORRIENTES |
200,00 |
|
A.2. OPERACIONES DE CAPITAL |
3.000,00 |
Cap.6 |
INVERSIONES REALES |
3.000,00 |
Cap.7 |
TRANSFERENCIAS DE CAPITAL |
0,00 |
|
B. OPERACIONES FINANCIERAS |
5000,00 |
Cap.8 |
ACTIVOS FINANCIEROS |
2.000,00 |
Cap.9 |
PASIVOS FINANCIEROS |
3.000,00 |
|
TOTAL |
998.869,19 |
PG 2018 |
ESTADO DE INGRESOS |
IMPORTE € |
|
A. OPERACIONES NO FINANCIERAS |
993.869,19 |
|
A.1. OPERACIONES CORRIENTES |
993.869,19 |
Cap.1 |
IMPUESTOS DIRECTOS |
0,00 |
Cap.2 |
IMPUESTOS INDIRECTOS |
0,00 |
Cap.3 |
TASAS Y OTROS INGRESOS |
602.456,36 |
Cap.4 |
TRANSFERENCIAS CORRIENTES |
191.412,83 |
Cap.5 |
INGRESOS PATRIMONIALES |
200.000,00 |
|
A.2. OPERACIONES DE CAPITAL |
0,00 |
Cap.6 |
ENAJENACION DE INVERSIONES REALES |
0,00 |
Cap.7 |
TRANSFERENCIAS DE CAPITAL |
0,00 |
|
B. OPERACIONES FINANCIERAS |
5.000,00 |
Cap.8 |
ACTIVOS FINANCIEROS |
2.000,00 |
Cap.9 |
PASIVOS FINANCIEROS |
3.000,00 |
|
TOTAL |
998.869,19 |
PLANTILLA DE PERSONAL
A) ADMINISTRACION GENERAL DE LA ENTIDAD |
|||||
PERSONAL FUNCIONARIO: |
|
|
|
|
|
Escala de habilitación de carácter estatal: |
G |
Nivel |
Denominación |
Nº |
C. Específico (12 mensualidades) |
Subescala Secretaría-Intervención |
A1 |
26 |
Secretario/a-Interventor/a |
1 |
4.875,96 |
TOTAL |
1 |
|
B) RESIDENCIA DE MAYORES |
||
PERSONAL LABORAL FIJO: |
|
|
Denominación-Categoría |
Nº |
Observaciones |
Director/a |
1 |
|
Fisioterapeuta |
1 |
Jornada parcial |
A.T.S./D.U.E. |
1 |
|
Gerocultor/a |
12 |
|
Gerocultor/a |
1 |
Jornada parcial |
Gobernante/a |
1 |
|
Cocinero/a |
2 |
|
Oficial Mantenimiento |
1 |
|
Recepcionista |
1 |
|
Limpiador/a |
8 |
|
Limpiador/a |
1 |
Jornada parcial |
TOTAL |
30 |
|
RETRIBUCIONES, DIETAS E INDEMNIZACIONES
Se hace público el contenido de las BASES DE EJECUCIÓN DEL PRESUPUESTO PARA 2018 en lo concerniente a las retribuciones, indemnizaciones y asistencias de los miembros de la Entidad:
Régimen de dedicación y retribuciones:
Cargos con régimen de dedicación exclusiva: Ninguno.
Cargos con régimen de dedicación parcial: Administrador; Dedicación mínima: 20% 30 horas/mes. Retribución mensual bruta: 335,04 euros.
Régimen de indemnizaciones y asistencias:
1º.- Asignación por asistencia a sesiones de órganos colegiados.
- Asamblea Plenaria: 30 euros/sesión.
- Junta de Apoderados: 30 euros/sesión.
- Comisión Especial de Cuentas: 30 euros/sesión.
- Comisiones Informativas: 30 euros/sesión.
- Mesas de Contratación: 30 €/sesión.
2º.- Indemnizaciones: percibirán las indemnizaciones por razón del servicio correspondientes al Grupo primero en los términos previstos en el RD 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio, con arreglo a lo dispuesto en el mismo y demás normativa complementaria, supletoria o concordante, así como las normas que puedan modificar o sustituir a las anterior.
3º.- Las personas designadas como compromisarios y miembros de las mesas en las Elecciones percibirán una dieta única por importe de 30 euros.