AYUNTAMIENTO DE VILLANUEVA DE LA TORRE
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Código BDNS: 426405
Visto lo dispuesto en el art. 8 de las Bases que regulan la concesión de subvenciones a Asociaciones y Entidades Ciudadanas publicadas en el BOP nº 133 de 12 de julio de 2018, el cual dispone:
“Articulo 8. CONVOCATORIA. Las Subvenciones a otorgar por el Ayuntamiento de Villanueva de la Torre reguladas en las presentes Bases, se convocarán anualmente mediante Resolución de Alcaldía.
La convocatoria se publicará conforme a lo establecido en el artículo 17.3 y 20.8 de la Ley General de Subvenciones, por conducto de la BDNS en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara.
Además, el Ayuntamiento difundirá la convocatoria a través de Anuncios en el Tablón de Anuncios de la sede electrónica del Ayuntamiento de Villanueva de la Torre, Pagina Web Municipal, Tablones de Anuncios del Centro Social y Zona Joven, y por cualquier otro medio que se considere oportuno al objeto facilitar la máxima difusión posible.”
Visto que procede iniciar la convocatoria de las subvenciones de referencia y en virtud de las atribuciones que me confiere el art. 21 de la Ley 7/85 de 2 de abril Reguladora de las Bases de Régimen Local y demás disposiciones concordantes de vigente aplicación. POR ESTE MI DECRETO VENGO EN RESOLVER:
PRIMERO.- Proceder a la convocatoria ordinaria para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, a Asociaciones y Entidades Ciudadanas de Villanueva de la Torre para el ejercicio 2019, de conformidad con lo dispuesto en la Ordenanza Reguladora de la concesión de subvenciones a Asociaciones y Entidades Ciudadanas de Villanueva de la Torre (BOP nº 133, 12 de julio de 2018), y a lo dispuesto en la presente convocatoria.
SEGUNDO.- De conformidad con lo dispuesto en el art. 9 de las Bases Reguladoras, a continuación se establece el contenido de la convocatoria ordinaria:
CONVOCATORIA ORDINARIA PARA EL EJERCICIO 2019
- El plazo para la presentación de las solicitudes será de 20 días habiles contados a partir de la publicación de la convocatoria de subvenciones en el BOP
- Las solicitudes dirigidas a la Alcaldía Presidencia, según modelo que figura como Anexo I en las Bases Reguladoras se presentaran en el Registro Telemático del Ayuntamiento, a través de la sede electrónica https://villanuevadelatorre.sedelectronica.es/
Las solicitudes deberán ir acompañadas de la documentación establecida en el art. 3 de la Ordenanza Reguladora y acompañada de los Anexos II y III debidamente cumplimentados (y que figuran en las Bases Reguladoras)
- Los proyectos o memorias a presentar por las Asociaciones y/o entidades ciudadanas, deberán contener una descripción de las actuaciones a realizar (desde el 1 de enero al 31 de diciembre de 2019) teniendo por finalidad los siguientes objetivos en el marco de la Línea de Actuación nº 2 del Plan Estratégico de subvenciones:
- Fomentar el movimiento asociativo en el municipio, en los distintos ámbitos, culturales, festivos, educativos, deportivos, etc., como forma de participación de los vecinos en la vida comunitaria
- Fomentar la participación de los jóvenes, de los mayores y de los niños en las actividades, eventos, conmemoraciones, fiestas etc., que se lleven a cabo en el Municipio
- Fomento de actividades dirigidas a Apoyar, Colaborar, y Concienciar a la ciudadanía, en la protección del Medio Ambiente, etc
- Fomento de actividades de inclusión social
- Dentro de las actuaciones a realizar, cualquiera que sea la finalidad prevista en las Líneas de Actuación indicadas en el apartado anterior, se valoraran los Proyectos teniendo en cuenta los criterios de valoración establecidos en el art. 4 de la Ordenanza reguladora, que se indican a continuación, a los que se les otorgará la puntuación máxima indicada para cada uno de ellos en la tabla siguiente:
CRITERIOS DE VALORACION |
PUNTUACION MAXIMA |
Que el proyecto vaya dirigido a la población en general, no quedando circunscrito exclusivamente al disfrute de la asociación solicitante. |
17 |
Que la asociación, entidad o colectivo colaboren en los programas y actuaciones del Ayuntamiento de Villanueva de la Torre. |
15 |
La adecuación del coste de las actuaciones a la subvención solicitada. |
12 |
El número de beneficiarios de las actividades a desarrollar |
11 |
Ámbito general del proyecto, determinado por la dimensión y propagación territorial del nombre de Villanueva de la Torre. |
10 |
Las aportaciones que realizan las entidades con fondos propios y provenientes de otras Instituciones. |
8 |
Las aportaciones que realizan los beneficiarios y usuarios de forma directa. |
7 |
- Los interesados en solicitar la subvención a que se refiere la presente convocatoria deberán reunir los requisitos establecidos en el art. 2 de las Bases reguladoras
- La valoración de los proyectos o memorias a presentar por los interesados se realizará de acuerdo con los criterios establecidos en el art. 4 de las Bases reguladoras, y apartado d) anterior, por la Comisión de Valoración que estará integrada por
- Presidente: Vanessa Sánchez Rebollo, Alcaldesa-Presidenta; Suplente Victoria Eugenia Alvarez Ramiro
- Vocales: Marta Valdenebro Rodríguez, Portavoz del Grupo Municipal Popular; Suplente Luisa Requena Ortega
- Vocal: Sara Martínez Bronchalo; suplente Sonsoles Rico Ordoñez
- Vocal: Maria Taravillo Mena; Suplente Pilar Zudaire Esteban
- Secretario: Mª Dolores Penadés Cañete; Suplente Manuel de Miguel Gonzalez
SEGUNDO.- El crédito presupuestario necesario para atender los gastos derivados de esta convocatoria se encuentra consignado en la aplicación presupuestaria del presupuesto prorrogado para el ejercicio 2018, 03 3340 48900 por un importe total de 18.000 euros. La cuantía total máxima a conceder a las Asociaciones y Entidades Ciudadanas será de 18.000€, distribuidos en función de la valoración de los proyectos presentados, que al efecto realice la Comisión de Valoración.
TERCERO.- Ordenar la publicación del presente Decreto en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento, Centro Social y Zona Joven, así como en la web municipal y sede electrónica.
CUARTO. - Ordenar la tramitación de la convocatoria a través de la BDNS.
QUINTO.- Dar cuenta del Decreto al Ayuntamiento Pleno en la primera sesión que celebre.
En Villanueva de la Torre a 10 de diciembre de 2018, La Alcaldesa- Presidenta Dª Vanessa Sánchez Rebollo