AYUNTAMIENTO DE CABANILLAS DEL CAMPO
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En cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del 179.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario de fecha 15 de octubre de 2018, sobre el expediente de modificación de créditos n.º 9/2018, en la modalidad de transferencias de crédito entre aplicaciones de gastos de distinta área de gasto que no afectan a bajas y altas de créditos de personal, que se hace público resumido por capítulos:
Aplicaciones de Gastos que se incrementan
Aplicación Presupuestaria |
Denominación |
Crédito anterior |
Alta de crédito |
920.22604 |
Jurídicos, contenciosos |
79.000,00 |
10.000,00 |
Total área de gasto 9 |
10.000,00 |
||
330.212 |
Edificios y otras construcciones |
42.800,00 |
23.000,00 |
Total área de gasto 3 |
23.000,00 |
||
TOTAL ALTAS CRÉDITO |
33.000,00 |
Aplicaciones de Gastos que se minoran
Aplicación Presupuestaria |
Denominación |
Crédito anterior |
Baja de crédito |
231.480 |
A familias e instituciones sin fines de lucro |
20.000,00 |
13.000,00 |
231.490 |
Al exterior |
20.000,00 |
20.000,00 |
Total área de gasto 2 |
33.000,00 |
||
TOTAL BAJAS DE CRÉDITO |
33.000,00 |
Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por remisión del artículo 179.4, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción. Sin perjuicio de ello, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.
En Cabanillas del Campo, a 14 de noviembre de 2018. El Alcalde. Fdo.José García Salinas.