AYUNTAMIENTO DE MARANCHÓN
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En cumplimiento del artículo 169.1 por remisión del 177.2 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario de aprobación inicial de este Ayuntamiento, adoptado en fecha 28 de septiembre de 2018, sobre concesión de suplemento de crédito financiado con cargo al remanente líquido de Tesorería, que se hace público resumido por capítulos como sigue a continuación:
Altas en aplicaciones de gastos
Capítulo |
Descripción |
Euros |
I |
Gastos de Personal |
45.394,04 |
II |
Gastos en Bienes Corrientes y Servicios |
75.000,00 |
VI |
Inversiones Reales |
264.141,14 |
|
TOTAL |
384.535,18 |
Esta modificación se financia con cargo al Remanente de Tesorería del ejercicio anterior, en los siguientes términos:
Altas en Concepto de Ingresos
Capítulo |
Descripción |
Euros |
VIII |
Remanente Tesorería para Gastos Generales |
384.535,18 |
|
Total Ingresos |
384.535,18 |
Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.
En Maranchón, a 30 de octubre de 2018. El Alcalde, José Luis Sastre Gozalo.