DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE GUADALAJARA
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En cumplimiento del artículo 169.1 por remisión del 177.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario, de fecha 4 de septiembre de 2018, adoptado por la Excma. Diputación Provincial del Guadalajara, sobre aprobación inicial del Expediente de Modificación de Crédito núm. 18/2018 en la modalidad de suplemento de crédito, al vigente Presupuesto General de 2018, y que se hace público resumido por capítulos:
Suplemento de Crédito
ALTAS APLICACIONES PRESUPUESTARIAS
Aplicación Presupuestaria |
Descripción |
Euros |
|
912 |
762.00 |
A Ayuntamientos |
50.000,00 |
|
|
TOTAL GASTOS |
50.000,00 |
BAJAS POR ANULACIÓN DE CREDITOS
Aplicación Presupuestaria |
Descripción |
||
929 |
500 |
Fondo de Contingencia |
50.000,00 € |
|
|
TOTAL |
50.000,00 € |
Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por remisión del artículo 179.4, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia.
Guadalajara, a 28 de septiembre de 2018.- EL PRESIDENTE, Fdo.: José Manuel Latre Rebled