AYUNTAMIENTO DE BERNINCHES
2708
El Pleno de este Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada el día 2 de agosto de 2018 acordó la aprobación inicial del expediente de modificación de créditos n. º 1/2018 financiados con cargo al remanente líquido de Tesorería. Al no haberse presentado alegaciones contra dicho acuerdo publicado en el BOP número 156 de 14 de agosto de 2018, se eleva a definitivo el mencionado acuerdo publicándose el resumen por capítulos:
Altas en Aplicaciones de Gastos
Aplicación |
Descripción |
Modificación de crédito |
|
Progr. |
Económica |
|
|
338 |
22699 |
Festejos Populares |
10000 |
342 |
609 |
Acondicionamiento zona infantil el Molino |
5000 |
|
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TOTAL |
15000 |
Esta modificación se financia con cargo al remanente de Tesorería del ejercicio anterior, en los siguientes términos:
Altas en Conceptos de Ingresos
Aplicación: económica |
Descripción |
Euros |
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Cap. |
Art. |
Conc. |
||
8 |
87 |
870 |
Remanente de tesoreria |
15000 |
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TOTAL INGRESOS |
15000 |
Además, queda acreditado el cumplimiento de los requisitos que establece el artículo 37.2, apartados a) y b), del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla el Capítulo I del Título VI de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales, en materia de presupuestos, que son los siguientes:
a) El carácter específico y determinado del gasto a realizar y la imposibilidad de demorarlo a ejercicios posteriores.
b) La inexistencia en el estado de gastos del Presupuesto de crédito destinado a esa finalidad específica, que deberá verificarse en el nivel en que esté establecida la vinculación jurídica.
Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.
Berninches a 17 de septiembre de 2018. EL ALCALDE PRESIDENTE. Jacinto Bravo Martínez