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Lunes, 06 Agosto 2018 08:08

ENCIERRO TRADICIONAL DE RESES POR EL CAMPO

2405

APROBACIÓN DEFINITIVA DE LA ORDENANZA REGULADORA DEL ENCIERRO TRADICIONAL DE RESES POR EL CAMPO
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AYUNTAMIENTO DE ALCOROCHES


2405

APROBACIÓN DEFINITIVA DE LA ORDENANZA MUNICIPAL REGULADORA DEL ENCIERRO TRADICIONAL DE RESES POR EL CAMPO Y DE LAS MEDIDAS DE CONTROL SOBRE ORGANIZACIÓN, DESARROLLO Y PARTICIPACIÓN EN LOS ESPECTACULOS TAURINOS POPULARES

Transcurrido el plazo de exposición al público del acuerdo provisional de “Aprobación de la ordenanza reguladora del encierro tradicional de reses por el campo”, adoptado por el Pleno de esta corporación en sesión celebrada el día 22 de mayo de 2018, publicado en el Boletín Oficial de esta Provincia, de fecha 27 de junio de 2018, y no habiéndose presentado, dentro del mismo, reclamación alguna, se eleva a definitivo dicho acuerdo, según lo dispuesto en el artículo 17.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, transcribiéndose a continuación el texto íntegro de la Ordenanza.

La Ordenanza se realiza para dar cumplimiento a lo dispuesto en el Decreto 60/2016 de 11/10/2016, por el que se modifica el Decreto 38/2013 de 11 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de los Festejos Taurinos Populares de Castilla La Mancha.

El fin de la citada ordenanza es acogerse a la nueva regulación de Festejos Tradicionales Singulares, teniendo en cuenta todo lo estipulado en lo relativo a los recursos sanitarios, las condiciones de seguridad y vigilancia para que no se produzca el maltrato de los animales.

SE INCLUYE UN PLAN DE ENCIERRO

El Plan de los encierros está perfectamente recogido en la DESCRIPCIÓN DEL TRASLADO DE TOROS EN  ALCOROCHES, donde queda perfectamente definido:

  1. ZONA DE INICIO

La ganadería escogida para realizar los eventos taurinos, (actualmente el día 23 de agosto de cada año) llega con las reses  el día antes del evento a uno de los corrales que el municipio tiene preparados como embarcadero, que se encuentra en el paraje conocido como El Collado.    

  1. ZONA DE SUELTA

Se puede considerar como tal, desde su suelta del corral, hasta la entrada en la misma plaza de toros.

Los animales son conducidos por el ganadero con sus vaqueros a caballo y caballistas que quieran acompañarles, así como los bueyes hermanados que el ganadero también traerá con los toros, formando la manada.

A lo largo de todo el trayecto se prohíbe terminantemente la proximidad a la manada de toros y bueyes de cualquier vehículo de motor, ni de personas a pie, a menos de 300 metros,  con la excepción de vehículos de emergencias, organizaciones o asociaciones de apoyo gubernamental (Protección Civil)  o  fuerzas de seguridad del Estado, que en determinados casos tuviesen que ejercer cometidos propios de su profesión.

La manada sale del corral donde han pernoctado, hacia Alcoroches, concretamente desde El Collado, pasando por la Loma Regalada, El Rodeo, Peña La Salega, pasando por la zona de refugio hasta llegar a la manga urbana que enlaza con la plaza de toros. Este recorrido comprende una distancia de unos 2 kilómetros.

A lo largo del trayecto y hasta la boca de la manga del encierro, la manada va acompañada por caballistas profesionales y aficionados, siguiendo el mismo paso y ritmo de los toros. En ningún momento los caballistas se interponen en las tareas del ganadero, todas ellas conducentes a llevar a la plaza de toros a la manada sin que esta sufra ningún tipo de extravío o molestia.

La manga por donde entran los toros tiene una longitud de 150 metros y está compuesta por postes de hierro verticales, donde se insertan los tablones de forma horizontal, que hacen de barrera. En este tramo, se permite a los corredores ir delante de la manada, sin que se pueda tocar a las reses  en ningún momento.

El día que  los animales van a ser lidiados por toreros profesionales, está especialmente prohibido cualquier gesto que asuste a los animales, les haga cambiar de dirección o volverse en la boca de la maga. No se admiten capotes, ni objetos que distraigan a las reses.

  1. ZONA DE ESPECTADORES

Dicha zona se sitúa en la misma Plaza de Toros,  su parte circundante  y la parte exterior de la manga del encierro, siempre fuera del vallado que delimita esta parte del encierro, en ningún caso podrán estar ni  permanecer personas o vehículos donde se inicia la manga del encierro.

En los caminos por la parte exterior de la cinta que los delimita prohibiendo el paso, y que dista de la manada unos 500 metros, distancia considerable, pero insuficiente para citar a las reses, que en todo momento se prohíbe esa práctica.

  1. ZONA DE FINALIZACIÓN

Dicha zona se sitúa ya dentro de la Plaza de Toros, donde la manada queda a la vista del público, sin embargo, queda terminantemente prohibido citar a los toros, tirarles objetos, recortarlos o quebrarlos. Los toros quedan a merced de la brega del ganadero que, básicamente, trabaja con los bueyes que conducen a los toros a los chiqueros, podrá estar asistido del director de lidia y de los colaboradores, nombrados a tal efecto. En todo momento la puerta de los chiqueros se encuentra abierta a fin de que la manada permanezca lo menos posible en la plaza.

El punto de asistencia sanitaria se ubica, muy cerca de la puerta Principal de la Plaza de toros, con salida  a unos 400 metros  a la GU-969 y GU-970.

El encierro siempre finalizará, con al menos, cinco horas antes del inicio del festejo de la tarde.

La tradición de los encierros en Alcoroches es antigua, y el traslado de las reses, está orientado a conducir los toros de la lidia de la tarde a los chiqueros, durante el trascurso del mismo, los animales no son molestados en ningún momento y prima el respeto por el animal.

Se trata de los eventos que más reclamo siguen teniendo, tanto para caballistas como para  personas de otras localidades, ya que la manada se visualiza desde varios puntos.  

En el enunciado, el título queda  ASÍ: ORDENANZA MUNICIPAL REGULADORA DEL ENCIERRO TRADICIONAL DE RESES POR EL CAMPO.

La presente ordenanza aprobada por el Pleno de Alcoroches el día  22 de mayo de 2018, será de aplicación a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara y permanecerá en vigor en tanto no se acuerde su modificación o derogación.

En Alcoroches a 1 de Agosto de 2018.LA ALCALDESA

Información adicional

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