AYUNTAMIENTO DE PIOZ
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En cumplimiento del art. 169.1 por remisión del 179.4 TRLHL, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, ha quedado automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo de Aprobación Inicial adoptado en fecha 28 de Mayo de 2018, sobre el expediente 230/2018 en la modalidad de suplemento de crédito financiado con cargo a operaciones de crédito en los términos que se indican:
Suplementos en Aplicaciones de Gastos
Aplicación Presupuestaria |
Descripción |
Euros |
|
450 |
609 |
OTRAS INVERSIONES NUEVAS EN INFRAESTRUCTURAS Y BIENES DESTINADOS AL USO GENERAL. |
830.695,22 |
920 |
22699 |
OTROS GASTOS DIVERSOS |
475.800,00 |
011 |
310 |
INTERESES |
756.814,47 |
|
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TOTAL GASTOS. |
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Altas en Concepto de Ingresos
Aplicación Presupuestaria |
Descripción |
Euros |
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91 |
913 |
PRÉSTAMOS RECIBIDOS A L/P DE ENTES DE FUERA DEL SECTOR PÚBLICO. |
2.063.309,69 |
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TOTAL DE ALTAS |
2.063.309,69 |
Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el art. 113 LRBRL, los interesados podrán interponer recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 43 de la LRJCA. La interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del Acuerdo impugnado.
En Pioz, a 2 de Julio de 2018. Fdo. El Alcalde, Ricardo García López