AYUNTAMIENTO DE GUADALAJARA. CONCEJALÍA DE FAMILIA Y BIENESTAR SOCIAL
2006
Extracto del Acuerdo de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Guadalajara de fecha 12 de junio de 2018 por el que se aprueba la convocatoria de concesión de subvenciones a Asociaciones de Mayores sin ánimo de lucro durante el ejercicio 2018
BDNS: CÓDIGO 404772
Texto del anuncio
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/es/index) y en la página web del Ayuntamiento de Guadalajara (http://www.guadalajara.es/es/ayuntamiento/PortalDeTransparencia/Participacion-Ciudadana-Subvenciones-a-asociaciones-ciudadanas).
Primero. Beneficiarios
Podrán acogerse a las subvenciones de esta convocatoria las asociaciones de mayores y tercera edad legalmente constituidas en el municipio de Guadalajara, sin ánimo de lucro, y que desarrollen sus actividades y tengan su domicilio social en el municipio de Guadalajara, así como las federaciones de mayores, siempre y cuando presenten proyectos diferentes a los presentados por las asociaciones y cuyos beneficiarios sean asociaciones del municipio.
Segundo. Objeto.
La presente convocatoria de subvenciones tiene por objeto apoyar y fomentar el asociacionismo y la participación activa de los mayores de Guadalajara en la vida social y comunitaria a través de proyectos y/o actividades de naturaleza social que desarrollen en 2018 destinados a fomentar un envejecimiento activo y saludable y potenciar la convivencia, creatividad, desarrollo personal y calidad de vida de los mayores.
Tercero. Bases reguladoras.
Estas subvenciones se regirán por lo establecido en la presente convocatoria; en las bases de ejecución del presupuesto del Ayuntamiento de Guadalajara para el ejercicio 2017; en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en el Reglamento General de la Ley de Subvenciones aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio; en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Guadalajara publicada el 14 de marzo de 2016 (http://boletin.dguadalajara.es/images/boletin/2016/03/32_2016-5.htm) en el BOP de Guadalajara nº 32 y en las restantes normas de derecho administrativo que en su caso sean aplicables, y en su defecto, las normas de derecho privado.
Cuarto. Fines.
El Excmo. Ayuntamiento de Guadalajara, desde la Concejalia de Familia y Bienestar Social pretende promover la integración y participación en la vida comunitaria de colectivos sociales en el ámbito del municipio, atendiendo a las necesidades generales y específicas de este colectivo y apoyando a las Entidades y Organizaciones que llevan a cabo programas y actividades en materia de acción social que promuevan un envejecimiento activo y saludable y realicen proyectos de prevención de dependencia y apoyo a la autonomía personal.
Quinto. Cuantía.
La cuantía total máxima de las subvenciones asciende a la cantidad de 6.375,00 euros
Sexto. Plazo de presentación de solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días naturales, contados a partir del día siguiente a la publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara.
Guadalajara, 26 de junio de 2018. La Concejal Delegada de Familia y Bienestar Social. Verónica Renales Romo