AYUNTAMIENTO DE TRILLO
1909
El Pleno de este Ayuntamiento, en sesión extraordinaria celebrada el día 05/06/2018, acordó la aprobación en relación con las tarifas de la Modificación de Ordenanza reguladora del Precio Público por la utilización de piscinas, instalaciones deportivas y otros servicios análogos lo que se hace público a efectos de su general conocimiento.
“Artículo 5.
Las tarifas a aplicar serán las siguientes:
EPÍGRAFE PRIMERO.
Por entrada a las PISCINAS MUNICIPALES:
Número 1. De personas menores de 15 años (15 incluidos):
- Días laborables (lunes a viernes): 2 euros
- Sábados, Domingos y días festivos: 3 euros
Número 2. De personas mayores de 15 años:
- Días laborables (lunes a viernes): 3 euros
- Sábados, Domingos y días festivos: 4,50 euros
Número 3. Grupos.
Tipo de Día / Nº Personas |
Tipo Días laborables (lunes a viernes). Por persona. |
Sábados, Domingos y días festivos. Por persona. |
Más de 10 personas |
2,50 € |
4,00 € |
Más de 20 personas € |
2,50 € |
3,50 € |
Más de 40 personas |
2,00 € |
3,00 € |
Más de 50 personas |
2,00 € |
2,50 € |
Número 4. Abonos de Temporada.
Para obtener un abono familiar será preciso aportar el libro de familia.
- Familiar (con hijos menores de 15 años): 60 euros
- Individual: 40 euros
EPÍGRAFE SEGUNDO.
Por utilización de la PISTA DE FRONTÓN:
- Número 1. De lunes a viernes de 17 a 19 horas: 3 euros/hora.
- Número 2. De lunes a viernes de 19 a 21 horas: 5 euros/hora.
- Número 3. Sábados, domingos y festivos: 5 euros/hora.
EPÍGRAFE TERCERO.
Por utilización de PISTA POLIDEPORTIVA:
- Número 1. De lunes a viernes de 17 a 19 horas: 6 euros/hora.
- Número 2. De lunes a viernes de 19 a 21 horas: 9 euros/hora.
- Número 3. Sábados, Domingos y festivos: 9 euros/hora.
- Número 4. Alquiler de ping-pong, 2 euros/hora.
EPÍGRAFE CUARTO.
Por cada CURSO CON MONITOR (taekwondo, mantenimiento, spinning, zumba, pilates, pádel, natación, etc.):
- Número 1. Menores de 18 años (18 incluidos): 6 euros/mes
- Número 2. Mayores de 18 años: 20 euros/mes
EPÍGRAFE QUINTO.
Por utilización del GIMNASIO:
- Número 1. Menores de 18 años: 6 euros/mes
- Número 2. Mayores de 18 años: 20 euros/mes
EPÍGRAFE SEXTO.
Por utilización de la PISTA DE PÁDEL:
- De lunes a domingo: 6 euros por hora.
EPÍGRAFE SÉPTIMO.
CAMPAMENTOS DE VERANO
- Julio: 10 euros / semana
- Agosto: 10 euros / semana
Artículo 7
Los titulares de la tarjeta Trillokey tendrán un descuento de un 50% sobre los precios establecidos en la presente ordenanza. Los titulares que además dispongan de la tarjeta sanitaria en el término municipal de Trillo, tendrán un descuento acumulable y adicional de un 10%.
Los empadronados de Trillo que cumplan cumulativamente las dos condiciones anteriores, podrán beneficiarse de un único descuento adicional, siempre que se encuentren en una de las situaciones descritas a continuación:
a) Matriculados en el C. P. Ciudad de Capadocia / I.E.S. Don Juan Manuel: |
20 %. |
b) Jubilados: |
10%. |
c) Con tarjeta de desempleo o certificado de discapacidad igual o superior al 33%: |
10% |
d) Titular de tarjeta de estudiantes (Estudios Oficiales): |
10%. |
Si una persona cumpliera más de una de las situaciones descritas en el párrafo anterior (a, b, c, d); sólo podrá beneficiarse de un único descuento adicional, el resultara más favorable, acumulable al descuento del 60% descrito en el primer párrafo del presente artículo, y siempre que cumpliera los dos requisitos cumulativos descritos en el mismo.
Las reducciones a que se refiere la presente Ordenanza serán aplicables cuando el obligado al pago beneficiario de las mismas se encuentre al corriente de pago de sus obligaciones tributarias y no tributarias con el Ayuntamiento de Trillo. En el caso de que el solicitante sea un menor, deberán ser sus padres o tutores legales los que se hallen al corriente de pago con el Ayuntamiento.”
Quedando, con la modificación aprobada, la Ordenanza reguladora del Precio Público por la Utilización de piscinas, instalaciones deportivas y otros servicios análogos como se transcribe a continuación:
“ORDENANZA REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO POR LA UTILIZACION DE PISCINAS, INSTALACIONES DEPORTIVAS Y OTROS SERVICIOS ANALOGOS
FUNDAMENTO Y REGIMEN
Artículo 1
De conformidad con los artículos 41 a 47 del Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se establece el precio público por la utilización de piscinas, instalaciones deportivas y otros servicios análogos
OBJETO
Artículo 2
El objeto del precio público regulado en la presente ordenanza es el siguiente:
- El uso de las piscinas municipales.
- El uso del frontón.
- El uso de las demás pistas polideportivas.
- Realización de cursos con monitor (gimnasia, taekwondo, natación, pádel, etc.)
- El uso del gimnasio
- El uso de las pistas de pádel.
- Campamentos de verano
Así como la prestación de los servicios de que están dotadas las referidas instalaciones.
OBLIGACIÓN DE PAGO
Artículo 3
La obligación de pago nacerá desde que se inicie la utilización mediante la entrada al recinto, o se proceda a la inscripción en los cursos o actividades.
OBLIGADOS AL PAGO Y RESPONSABLES
Artículo 4
Están obligados al pago las personas naturales usuarias de las instalaciones.
Los responsables serán los señalados con carácter general en la Ley General Tributaria y Disposiciones de desarrollo.
CUANTÍA
Artículo 5.
Las tarifas a aplicar serán las siguientes:
EPÍGRAFE PRIMERO.
Por entrada a las PISCINAS MUNICIPALES:
Número 1. De personas menores de 15 años (15 incluidos):
- Días laborables (lunes a viernes): 2 euros
- Sábados, Domingos y días festivos: 3 euros
Número 2. De personas mayores de 15 años:
- Días laborables (lunes a viernes): 3 euros
- Sábados, Domingos y días festivos: 4,50 euros
Número 3. Grupos.
Tipo de Día / Nº Personas |
Tipo Días laborables (lunes a viernes). Por persona. |
Sábados, Domingos y días festivos. Por persona. |
Más de 10 personas |
2,50 € |
4,00 € |
Más de 20 personas € |
2,50 € |
3,50 € |
Más de 40 personas |
2,00 € |
3,00 € |
Más de 50 personas |
2,00 € |
2,50 € |
Número 4. Abonos de Temporada.
Para obtener un abono familiar será preciso aportar el libro de familia.
- Familiar (con hijos menores de 15 años): 60 euros
- Individual: 40 euros
EPÍGRAFE SEGUNDO.
Por utilización de la PISTA DE FRONTÓN:
- Número 1. De lunes a viernes de 17 a 19 horas: 3 euros/hora.
- Número 2. De lunes a viernes de 19 a 21 horas: 5 euros/hora.
- Número 3. Sábados, domingos y festivos: 5 euros/hora.
EPÍGRAFE TERCERO.
Por utilización de PISTA POLIDEPORTIVA:
- Número 1. De lunes a viernes de 17 a 19 horas: 6 euros/hora.
- Número 2. De lunes a viernes de 19 a 21 horas: 9 euros/hora.
- Número 3. Sábados, Domingos y festivos: 9 euros/hora.
- Número 4. Alquiler de ping-pong, 2 euros/hora.
EPÍGRAFE CUARTO.
Por cada CURSO CON MONITOR (taekwondo, mantenimiento, spinning, zumba, pilates, pádel, natación, etc.):
- Número 1. Menores de 18 años (18 incluidos): 6 euros/mes
- Número 2. Mayores de 18 años: 20 euros/mes
EPÍGRAFE QUINTO.
Por utilización del GIMNASIO:
- Número 1. Menores de 18 años: 6 euros/mes
- Número 2. Mayores de 18 años: 20 euros/mes
EPÍGRAFE SEXTO.
Por utilización de la PISTA DE PÁDEL:
- De lunes a domingo: 6 euros por hora.
EPÍGRAFE SÉPTIMO. CAMPAMENTOS DE VERANO
- Julio: 10 euros / semana
- Agosto: 10 euros / semana
NORMAS DE GESTION
Artículo 6
Las cuotas, salvo las de abono y cursos, se recaudarán en el momento de entrar en el recinto o instalaciones. Los socios podrán reservar las pistas con una antelación de tres días, debiendo, en ese caso, abonar el precio público en el momento de efectuar la reserva.
Artículo 7
Los titulares de la tarjeta Trillokey tendrán un descuento de un 50% sobre los precios establecidos en la presente ordenanza. Los titulares que además dispongan de la tarjeta sanitaria en el término municipal de Trillo, tendrán un descuento acumulable y adicional de un 10%.
Los empadronados de Trillo que cumplan cumulativamente las dos condiciones anteriores, podrán beneficiarse de un único descuento adicional, siempre que se encuentren en una de las situaciones descritas a continuación:
a) Matriculados en el C. P. Ciudad de Capadocia / I.E.S. Don Juan Manuel: |
20 %. |
b) Jubilados: |
10%. |
c) Con tarjeta de desempleo o certificado de discapacidad igual o superior al 33%: |
10% |
d) Titular de tarjeta de estudiantes (Estudios Oficiales): |
10%. |
Si una persona cumpliera más de una de las situaciones descritas en el párrafo anterior (a, b, c, d); sólo podrá beneficiarse de un único descuento adicional, el resultara más favorable, acumulable al descuento del 60% descrito en el primer párrafo del presente artículo, y siempre que cumpliera los dos requisitos cumulativos descritos en el mismo.
Las reducciones a que se refiere la presente Ordenanza serán aplicables cuando el obligado al pago beneficiario de las mismas se encuentre al corriente de pago de sus obligaciones tributarias y no tributarias con el Ayuntamiento de Trillo. En el caso de que el solicitante sea un menor, deberán ser sus padres o tutores legales los que se hallen al corriente de pago con el Ayuntamiento.
INFRACCIONES Y SANCIONES
Artículo 8
En todo lo relativo a la calificación de infracciones y sanciones, además de lo previsto en esta Ordenanza, se estará a lo dispuesto en la legislación vigente.
DISPOSICION FINAL
Una vez se efectúe la publicación del texto íntegro de la presente Ordenanza en el "Boletín Oficial de la Provincia” entrará en vigor una vez transcurrido el plazo previsto en el artículo 65.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.”
Contra la presente resolución de modificación de la Ordenanza en relación con las tarifas, la cual pone fin a la vía administrativa, puede recurrirse en reposición, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, ante El Pleno de este Ayuntamiento, de conformidad con el artículo 14 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo y el artículo 108 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
El plazo para interponer, en su caso, recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Guadalajara, será de 2 meses a contar desde el día siguiente al de la recepción de la resolución expresa del recurso de reposición. Si no hubiera resolución expresa el plazo será de 6 meses, a contar desde la fecha en que se entienda desestimado por silencio el recurso de reposición en virtud del artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime como más pertinente a su derecho.
En Trillo, a de junio de 2018. La Alcaldesa, Lorena Álvarez Delgado