AYUNTAMIENTO DE BRIHUEGA
1624
Aprobado definitivamente el Presupuesto General del Ayuntamiento para el 2018, y comprensivo aquel del Presupuesto General de este Ayuntamiento, Bases de Ejecución, plantilla de Personal funcionario y laboral, de conformidad con el artículo 169 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo y el artículo 20 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, se publica el resumen del mismo por capítulos:
ESTADO DE GASTOS |
|
A.1. OPERACIONES CORRIENTES |
|
CAPÍTULO 1: Gastos de Personal |
1.096.867,97 € |
CAPÍTULO 2: Gastos Corrientes en Bienes y Servicios |
1.272.564,44 € |
CAPÍTULO 3: Gastos Financieros |
2.100,00 € |
CAPÍTULO 4: Transferencias Corrientes |
624.896,75 € |
A.2. OPERACIONES DE CAPITAL |
|
CAPÍTULO 6: Inversiones Reales |
971.500,00 € |
CAPÍTULO 7: Transferencias de Capital |
0,00 € |
CAPÍTULO 8: Activos Financieros |
0,00 € |
CAPÍTULO 9: Pasivos Financieros |
42.070,84 € |
TOTAL: |
4.010.000 € |
|
|
ESTADO DE INGRESOS |
|
A) OPERACIONES NO FINANCIERAS |
|
A.1. OPERACIONES CORRIENTES |
|
CAPÍTULO 1: Impuestos Directos |
2.256.435,00 € |
CAPÍTULO 2: Impuestos Indirectos |
56.100,00 € |
CAPÍTULO 3: Tasas, Precios Públicos y otros Ingresos |
446.950,00 € |
CAPÍTULO 4: Transferencias Corrientes |
951.210,00 € |
CAPÍTULO 5: Ingresos Patrimoniales |
56.305,00 € |
A.2. OPERACIONES DE CAPITAL |
|
CAPÍTULO 6: Enajenación de Inversiones Reales |
0,00 € |
CAPÍTULO 7: Transferencias de Capital |
243.000,00 € |
B) OPERACIONES FINANCIERAS |
|
CAPÍTULO 8: Activos Financieros |
0,00 € |
CAPÍTULO 9: Pasivos Financieros |
0,00 € |
TOTAL: |
4.010.000 € |
PLANTILLA DE PERSONAL
- FUNCIONARIOS DE CARRERA Nº PLAZAS GRUPO
SECRETARIO INTERVENTOR 1 A
ARQUITECTO ASESOR URBANISTICO 1 A
TECNICO ARCHIVERO 1 A
ADMINISTRACION GENERAL 3 C
PERSONAL DE OFICIOS 2
- PERSONAL LABORAL FIJO
ADMINISTRACION GENERAL 4 GRUPO C
PERSONAL DE OFICIOS 11
- PERSONAL LABORAL TEMPORAL
PERSONAL DE OFICIOS 27
SERVICIOS ESPECIALES 19
Total ……………………………………………….......69
Dicha aprobación podrá ser impugnada ante la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, con los requisitos, formalidades y causas señaladas en el artículo 170 y 171 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y en la forma y plazos que establecen las normas de dicha Jurisdicción.
En Brihuega, a 17 de mayo de 2018. El Alcalde, Luis Manuel Viejo Esteban