AYUNTAMIENTO DE GAJANEJOS
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Aprobado definitivamente el Presupuesto General del Ayuntamiento para 2018, al no haberse presentado reclamaciones en el período de exposición pública, y comprensivo aquel del Presupuesto General de este Ayuntamiento, Bases de Ejecución, plantilla de Personal, funcionario y laboral, de conformidad con el artículo 169 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y el artículo 20 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, se pública el resumen del mismo por capítulos:
ESTADO DE GASTOS
CAPITULO CONCEPTO CONSIGNACION(€)
A) OPERACIONES NO FINANCIERAS
A.1 OPERACIONES CORRIENTES
1 Gastos de personal…………………………. 18.670,00
2 Gastos corrientes en bienes y servicios…….. 34.056,00
3 Gastos financieros…………………………. 120,00
4 Transferencias corrientes…………………... 7.270,00
A.2 OPERACIONES DE CAPITAL
6 Inversiones reales………………………….. 19.684,00
7 Transferencias de capital…………………… 0,00
B) OPERACIONES FINANCIERAS
8 Activos financieros………………………… 0,00
9 Pasivos financieros………………………… 0,00
TOTAL EUROS………. 79.800,00
ESTADO DE INGRESOS
CAPITULO CONCEPTO CONSIGNACION(€)
A) OPERACIONES NO FINANCIERAS
A.1 OPERACIONES CORRIENTES
1 Impuestos directos………………….… 33.200,00
2 Impuestos indirectos…………………. 2.442,00
3 Tasas, precios públicos y otros ingresos 13.400,00
4 Transferencias corrientes……………... 9.700,00
5 Ingresos patrimoniales………………... 21.058,00
A.2 OPERACIONES DE CAPITAL
6 Enajenación de inversiones reales……. 0,00
7 Transferencias de capital……………… 0,00
B) OPERACIONES FINANCIERAS
8 Activos financieros…………………… 0,00
9 Pasivos financieros…………………… 0,00
TOTAL EUROS………. 79.800,00
PLANTILLA DE PERSONAL:
A) Personal funcionario: Nº de orden:1.- Denominación de la plaza: Secretaria-Intervención.Grupo: A1/A2. CD 24. Nº de puestos: 1.-Observaciones: En Agrupación.
B) Personal Laboral Temporal: Nº de orden: 1.- Denominación de la plaza: Operario servicios múltiples-peón. Nº de plaza:1. Observaciones: Plan extraordinario por el empleo.
Dicha aprobación podrá ser impugnada ante la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, con los requisitos, formalidades y causas señaladas en los artículos 170 y 171 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y en la forma y plazos que establecen las normas de dicha Jurisdicción.
En Gajanejos, a 22 de Febrero de 2018.LA ALCALDESA,Fdo.: Mª Araceli López García.





