SERVICIO PROVINCIAL DE RECAUDACIÓN
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Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario provisional de la Diputación Provincial de Guadalajara, adoptado en sesión del día 20 de octubre de 2017, sobre modificación puntual de la ordenanza fiscal específica del sistema especial de pagos, de tributos de vencimiento periódico, cuyo texto íntegro (el de la modificación) se hace público a continuación, en cumplimiento del artículo 17.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
Texto íntegro de la modificación puntual definitivamente aprobada:
El apartado c) del artículo 5 de la ordenanza fiscal específica del sistema especial de pagos, de tributos de vencimiento periódico, queda redactado de la siguiente manera: “Que el importe de la cantidad total a ingresar en el año sea superior a cuatrocientos euros (400,00€)”.
Contra el presente acuerdo, conforme a las previsiones contenidas en el artículo 19 del precitado texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se podrá interponer por los interesados recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara, ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha.
Guadalajara, 5 de febrero de 2018. LA DIPUTADA-DELEGADA DE ECONOMÍA Y HACIENDA, Ana Cristina Guarinos López.