AYUNTAMIENTO DE TORIJA
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Por Acuerdo del Pleno de fecha 24 de noviembre de 2014, se aprobó definitivamente la presente Ordenanza reguladora de la circulación en el casco urbano lo que se publica a los efectos de los artículos 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local al no haberse presentado reclamación alguna.
Art 18.- Otras normas
5.- Prohibir el uso de infernillos o elementos similares dentro de las vías públicas o aparcamientos interiores o exteriores de los polígonos industriales, en especial la gasolinera Nueva Maypa. Bien sea para el uso de alumbrado público, como para calentar comida u otros elementos.
Contra el presente Acuerdo, se interpondrá recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla con sede en Albacete, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
En Torija a 6 de febrero de 2017. El Alcalde, Rubén García Ortega.