AYUNTAMIENTO DE PUEBLA DE BELEÑA
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En la Secretaría de este Ayuntamiento y a los efectos del artículo 49 de la ley 7/85, de 2 Abril , Reguladora de las Bases de Régimen Local, se encuentra expuesto al público el acuerdo de aprobación provisional de la ordenanza siguiente, aprobada inicialmente por el Pleno del Ayuntamiento de Puebla de Beleña en sesión ordinaria de 19 de Enero de de 2.018.:
- Ordenanza municipal de Administración Electrónica
Los interesados legítimos que hace referencia el artículo 49 de la citada ley podrán examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas, contra el acuerdo de aprobación de la ordenanza municipal con sujeción a las normas que se indican a continuación
a) Plazo de exposición y admisión de reclamaciones: Treinta días hábiles a partir del siguiente a la fecha de inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia.
b) Oficina de presentación: Registro General del Ayuntamiento.
c) Órgano ante el que se reclama: Pleno del Ayuntamiento.
En Puebla de Beleña, a 19 de Enero de 2.018. El Alcalde, Fernando Senesteva Piñedo