AYUNTAMIENTO DE MATARRUBIA
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En la Intervención de este Ayuntamiento y a los efectos del artículo 17 del Decreto-Legislativo 2/2.004, de 5 Marzo , por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se encuentra expuesto al público el acuerdo de aprobación provisional de modificación del tributo siguiente, aprobado por el Pleno del Ayuntamiento de Matarrubia en sesión ordinaria de 29 de Diciembre de 2.017:
- Ordenanza fiscal nº 8 reguladora de la tasa por prestación del servicio de abastecimiento de agua potable
Los interesados legítimos que hace referencia el artículo 18 de la citada ley podrán examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas, contra el acuerdo de modificación de la ordenanza reguladora del tributo con sujeción a las normas que se indican a continuación
a) Plazo de exposición y admisión de reclamaciones: Treinta días hábiles a partir del siguiente a la fecha de inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia.
b) Oficina de presentación: Registro General del Ayuntamiento.
c) Órgano ante el que se reclama: Pleno del Ayuntamiento.
En Matarrubia, a 5 de Enero de 2.018. Alcalde Juan Pablo Carpintero Sanz.