AYUNTAMIENTO DE VALDARACHAS
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Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario provisional del Ayuntamiento de Valdarachas, de fecha 30 de octubre de 2017, sobre la modificación del artículo 11.1 de la Ordenanza fiscal reguladora del Impuesto Sobre Bienes Inmuebles, cuyo texto íntegro se hace público en cumplimiento del artículo 17.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
«ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES
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ARTÍCULO 11. Tipo de Gravamen
1. Los tipos de gravamen aplicables a los bienes inmuebles de naturaleza urbana serán del 0,55 %.
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La presente modificación entrará en vigor el 1 de enero de 2018, permaneciendo en vigor hasta su modificación o derogación expresa.»
Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 19 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se podrá interponer por los interesados recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia.
En Valdarachas, a 21 de diciembre de 2017 El Alcalde, Fdo.: Mauricio Martínez Machón