AYUNTAMIENTO DE MORENILLA
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Al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, queda elevado a definitivo el acuerdo inicial de aprobación de modificación de la Ordenanza que regula la tasa del “suministro municipal de agua potable”, y a los efectos de lo dispuesto en el artículo 17 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se publica el texto de la modificación realizada:
“Articulo 5º.- Cuota tributaria y tarifa.
La cuantía de la tasa regulada en esta Ordenanza será la fijada en las tarifas contenidas en el apartado siguiente.
Las tarifas de esta Tasa serán las siguientes:…
- La cuota fija de servicio se fija en 25,00 euros anuales por cada acometida.”
Contra el presente acuerdo podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha en el plazo de dos meses a partir de la publicación del presente anuncio. Los artículos no modificados continuarán vigentes.
Morenilla, a 22 de noviembre de 2017. EL ALCALDE: Fdo.: Vicente Pérez Pascual