AYUNTAMIENTO DE MARCHAMALO
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No habiéndose producido reclamaciones contra el acuerdo de aprobación inicial del expediente nº 109/2017 de CRÉDITOS EXTRAORDINARIOS núm: 02/2017, publicado en el Boletín Oficial de la Provincia nº 194 de fecha 11/10/2017, queda elevado a definitivo, en los términos que constan a continuación:
Crédito extraordinario:
Altas en aplicaciones de gastos:
Progr. |
Econ. |
Descripción |
Créditos iniciales |
Crédito extraordinario |
4591 |
60900 |
PUENTE CANAL DEL HENARES SP.PP.52 Y SP. 0D.56 |
00,00 |
89.935,00 |
4910 |
64101 |
HERRAMIENTA PARTICIPACIÓN CIUDADANA ON LINE |
00.00 |
17.500,00 |
|
|
TOTAL CRÉDITOS EXTRAORDINARIOS |
107.435,00.-€ |
Esta modificación se financia con cargo a Remanente Tesorería Afectado y con Remanente líquido de Tesorería, en los siguientes términos:
Financiación:
Altas en aplicaciones de ingresos:
Aplicación presupuestaria |
DENOMINACIÓN |
CUANTÍA/€ |
87010 |
Remanente de tesorería afectado |
89.935,00 |
87000 |
Remanente de tesorería para gastos generales |
17.500,00 |
TOTAL INGRESOS....................................................107.435,00.- € |
Contra el presente acuerdo podrá interponerse directamente recurso contencioso administrativo en el plazo de dos meses contados a partir de la publicación de éste anuncio en el B.O.P., ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo, o bien recurso potestativo de reposición ante el Pleno, en el plazo de un mes, de conformidad con el art. 52.1 de la Ley 7/1985, de 2 de Abril.
Marchamalo, a 6 de noviembre de 2017. El Alcalde. Rafael Esteban Santamaría.