AYUNTAMIENTO DE CABANILLAS DEL CAMPO
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Con fecha 27 de septiembre de 2017, el Pleno de la Corporación de Cabanillas del Campo adoptó en el “Expediente 1830/2017. Aprobación de inversiones financieramente sostenibles y aprobación de proyectos de obra”, entre otros, el siguiente acuerdo:
“Considerando que el Pleno tiene reconocida por Ley la posibilidad de delegar el ejercicio de algunas de las competencias que tiene atribuidas en otros órganos de la Corporación (Alcalde o Junta de Gobierno Local), siempre y cuando no se encuentren incursas en los supuesto de prohibición a los que se refiere el artículo 22.4 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local. Estando entre las delegables la competencia recogida en el artículo 22.2.ñ de la Ley 7/1985, “La aprobación de los proyectos de obras y servicios cuando sea competente para su contratación o concesión, y cuando aún no estén previstos en los presupuestos”, delegar en la Alcaldía, la aprobación de los siguientes proyectos:
a. Reparación de colector de pluviales en calle Tórtola.
b. Reparación de colector de pluviales en calle Lisboa.
c. Reforma conexión colectores Los Llanos III- SR-5.
d. Reforma conexión colectores Tres Torres II- Red General.
e. Construcción de estación de bombeo de aguas residuales.
f. Mejora de eficiencia energética en edificios municipales.
g. Rehabilitación de inmueble destinado a servicio público.”
Lo que se publica de conformidad con lo exigido en el artículo 9.3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
En Cabanillas del Campo, a 23 de octubre de 2017.- El Alcalde.- Fdo.- José García Salinas