AYUNTAMIENTO ADOBES
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Dando cumplimiento a lo acordado por el Pleno del Ayuntamiento de Adobes en sesión celebrada el día 18 de julio de 2.017, y a los efectos prevenidos en los artículos 15.1 y 17.1 de la Ley 39/1988, de 28 de Diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales, se acuerda con carácter provisional la aprobación de la modificación de la siguiente Tasa Municipal y la aprobación de las correspondiente Ordenanzas fiscal:Tasa por el Otorgamiento de licencia para la recolección de hongos y setas en los montes propiedad del Ayuntamiento de Adobes. Los interesados legitimados a que se refiere el artículo 18 de la citada Ley podrán examinar los Expedientes y presentar las reclamaciones que consideren oportunas. Dejando constancia de que en caso de no presentarse reclamaciones, los acuerdos provisionales, así como las correspondientes ordenanzas fiscales, quedarán elevados automáticamente a definitivos. Plazo de Exposición al público y presentación de reclamaciones: treinta días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia. Lugar de presentación de reclamaciones: Secretaría de la Entidad. Örgano ante el que se reclama: Pleno.
En Adobes a 04/10/2.017.EL ALCALDE.Fdo.: Juan Antonio Hernández Ladero.