AYUNTAMIENTO DE AZUQUECA DE HENARES
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BDNS(Identif.):357848
CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES DEL AYUNTAMIENTO DE AZUQUECA DE HENARES PARA GASTOS CORRIENTES PARA FINALIDADES CULTURALES, DEPORTIVAS, DOCENTES, JUVENILES, SANITARIAS, DE OCIO Y DE SERVICIOS SOCIALES EN EL AÑO 2017
El Pleno del Ayuntamiento de Azuqueca de Henares ha acordado en sesión ordinaria celebrada el 27 de julio de 2017, aprobar las bases reguladoras y la convocatoria para subvencionar gastos corrientes para finalidades culturales, deportivas, docentes, juveniles, sanitarias, de ocio y de servicios sociales para el año 2017, por el procedimiento de concurrencia competitiva.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans).
Primero. Beneficiarios.
Las entidades y asociaciones sin finalidad de lucro domiciliadas en el municipio
Los deportistas individuales residentes en Azuqueca de Henares con proyección reconocida en su ámbito deportivo.
Segundo. Objeto
Son subvencionables las actividades programadas que se realicen durante el año de su petición en el ámbito territorial de Azuqueca y referidas a las áreas de deportes, Música, Cultura, Juventud, Servicios sociales, Igualdad, Salud, Docentes.
No serán subvencionables:
Las actividades que tengan lugar fuera del ámbito territorial del Municipio.
Las actividades subvencionadas en su totalidad por la Diputación, Comunidad Autónoma y otros Organismos y entidades públicas y/o privadas.
La adecuación de locales o cualquier tipo de intervención en edificios.
Adquisición de bienes muebles e inmuebles.
Las actividades que ya existan en la programación ofertada por el Ayuntamiento del área en la que se inserte la actividad propuesta (culturales, de juventud, deportivas, servicios sociales, etc)
Tercero. Bases reguladoras
Las bases reguladoras de la concesión de estas subvenciones están contenidas en la Ordenanza específica para la concesión de subvenciones en esta materia, aprobada por el Pleno del Ayuntamiento el 28 de julio de 2017 y publicada en el portal de transparencia del Ayuntamiento de Azuqueca de Henares, tanto en el tablón de anuncios http://azuqueca.sedelectronica.es/info.4 como en el apartado de Ayudas y Subvenciones.
Cuarto. Cuantía de la ayuda.
La cantidad total destinada a actividades subvencionables será la consignada en el capítulo IV del Presupuesto General de la entidad para el año en curso
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo para la presentación de solicitudes será desde el día siguiente a la publicación de la presente Convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia y hasta el 30 de septiembre de 2017.
Las solicitudes de subvención se formalizarán mediante instancia normalizada según el modelo que figura en el ANEXO I de la bases, dirigida al Sr. Alcalde Presidente de la Corporación, mediante cualquiera de los sistemas previstos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
AZUQUECA DE HENARES a 27-07-2017.- EL ALCALDE-PRESIDENTE DEL AYUNTAMENTO, D. JOSE LUIS BLANCO MORENO