AYUNTAMIENTO DE FONTANAR
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Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario inicial de 05 de junio de 2017, aprobatorio de LA MODIFICACIÓN PRESUPUESTARIA, MODALIDAD DE CRÉDITOS EXTRAORDINARIOS Y SUPLEMENTOS DE CRÉDITOS NÚM. 2/2017. aPLICACIÓN DE SUPERAVIT – INVERSIONES FINANCIERAMENTE SOSTENIBLES, cuyo texto íntegro se hace público, para su general conocimiento y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 177.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local:
06. PROPUESTA DE APROBACIÓN DEL EXPEDIENTE DE MODIFICACIÓN DE CRÉDITOS EN APLICACIÓN DEL REMANENTE LIQUIDO DE TESORERIA DEL AÑO 2016.
Vistos los informes de Secretaría – Intervención que obran en el expediente y en conocimiento de todos los Concejales.
Visto el dictamen favorable de la Comisión Especial de Cuentas.
Por unanimidad de los presentes se aprueban los siguientes acuerdos:
PRIMERO.- Aprobar inicialmente el expediente de crédito extraordinario y suplemento de crédito núm. 02/2017, que modifica al presupuesto municipal, con el siguiente resumen:
Todo ello se financiará mediante aplicación de Remanente de Tesorería de Para Gastos Generales.
Partidas afectadas por la modificación propuesta:
AMORTIZACIÓN DE DEUDA
Progr. |
Econ. |
Descripción |
Crédito |
C. Extra. |
- |
- |
Amortización- Inversión- anticipada de préstamo del ICO. De aplicación al año 2014. |
0 |
17.079,61 |
- |
- |
TOTAL |
- |
17.079,61 |
MEMORIA ECONÓMICA DE INVERSIÓN FINANCIERA SOSTENIBLE
La Disposición Adicional Decimosexta de la LOEPYSF:
Suplemento de crédito
Progr. |
Econ. |
Descripción |
Crédito inicial |
Suplemento Crédito |
161 |
62300 |
Inversión en instalaciones y maquinaria y utillaje de agua |
100,00 |
8.000,00 |
165 |
62900 |
Otras inversiones asociadas a funcionamiento de servicios |
11.000,00 |
12.000,00 |
171 |
62200 |
Inversiones en construcciones zonas verdes |
15.000,00 |
24.000,00 |
1532 |
61900 |
Pavimentación vías públicas |
7.000,00 |
20.000,00 |
|
|
TOTAL |
64.000,00 |
Crédito Extraordinario
Progr. |
Econ. |
Descripción |
Crédito |
C. Extra. |
342 |
61900 |
Inversión de reposición de infraestructuras deportivas |
0 |
10.000,00 |
2312 |
61900 |
Inversión de reposición de infraestructuras vivienda tutelada |
0 |
4.000,00 |
330 |
61900 |
Inversión de reposición de infraestructuras casa de la cultura |
|
4.000,00 |
|
|
TOTAL |
18.000,00 |
SEGUNDO.- Dar al expediente la tramitación a que alude el art. 177.2 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, considerándose éste acuerdo como definitivo, de no presentarse reclamaciones durante el plazo de exposición pública”.
Contra el presente Acuerdo, se interpondrá recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla La Mancha con sede en Albacete, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
En Fontanar a 21 de julio de 2017. El Alcalde-Presidente. Victor San Vidal Martínez.