AYUNTAMIENTO DE CABANILLAS DEL CAMPO
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En cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del 179.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario de fecha 7 de junio de 2017, sobre el expediente de modificación de créditos n.º 5/2017, en la modalidad de transferencias de crédito entre aplicaciones de gastos de distinta área de gasto que no afectan a bajas y altas de créditos de personal, que se hace público resumido por capítulos:
Altas en aplicaciones de gastos
Aplicación Presupuestaria |
Descripción |
Euros |
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312 |
212 |
Mantenimiento de edificios. Centro de Salud |
6.245,41 |
323 |
619 |
Inversiones de reposición en infraestructuras y bienes destinadas a uso general. Colegios |
13.883,54 |
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TOTAL GASTOS |
20.128,95 |
Baja en aplicaciones de gastos
Aplicación Presupuestaria |
Descripción |
Euros |
|
920 |
212 |
Mantenimiento de edificios |
6.245,41 |
132 |
22101 |
Complemento específico |
13.883,54 |
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TOTAL GASTOS |
20.128,95 |
Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por remisión del artículo 179.4, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción. Sin perjuicio de ello, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.
En Cabanillas del Campo, a 5 de julio de 2017.- El Alcalde, Fdo.: José García Salinas