AYUNTAMIENTO DE CABANILLAS DEL CAMPO
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En cumplimiento del artículo 169.1 por remisión del 177.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario de aprobación inicial del Ayuntamiento de Cabanillas del Campo, adoptado en fecha 7 de junio de 2017, sobre concesión de suplemento de crédito financiado con cargo al remanente líquido de Tesorería, destinado a dar cumplimiento al artículo 32 de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, sobre destino de superávit presupuestario resultante de la liquidación del Presupuesto General de 2016, y que se hace público resumido por capítulos:
Altas en Aplicaciones de Gastos
Aplicación presupuestaria |
Descripción |
Importe |
011.913 |
Amortización |
500.000,00 € |
011.310 |
Intereses |
5.202,80 € |
Alta en Concepto de Ingresos
Concepto |
Descripción |
Importe |
870.00 |
Remanente de Tesorería |
505.202,80 € |
Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por remisión del artículo 179.4, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción. Sin perjuicio de ello, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.
En Cabanillas del Campo, a 5 de julio de 2017.- El Alcalde, Fdo.: José García Salinas