AYUNTAMIENTO AZUQUECA DE HENARES
2062
Por Resolución de la Alcaldía, según el detalle que se indica, se han aprobado el/los siguientes padrones de recibos:
Concepto |
Ejercicio /periodo |
Fecha aprobación |
Precio Público Servicio Ayuda a Domicilio |
Febrero 2017 |
06-06-2017 |
Precio Público Servicio Ayuda a Domicilio |
Marzo 2017 |
12-06-2017 |
Impuesto sobre Bienes Inmuebles Urbana |
2017 |
14-06-2017 |
Impuesto sobre Bienes Inmuebles Rústica |
2017 |
14-06-2017 |
Tasa suministro de agua y depuradora |
1er. Cuatrimestre 2017 |
14-06-2017 |
Dicho/s padrón/es estarán expuestos al público en la Sección de Rentas y Exacciones de este Ayuntamiento para el examen y reclamaciones por parte de los legítimamente interesados, por periodo de quince días hábiles a contar del día siguiente al de la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia.
PERIODO DE PAGO:
Pago en periodo voluntario:
Concepto |
Ejercicio/periodo |
Inicio |
Fin |
Precio Público Servicio Ayuda a Domicilio |
Febrero 2017 |
05-07-2017 |
05-09-2017 |
Precio Público Servicio Ayuda a Domicilio |
04-08-2017 |
05-10-2017 |
|
Impuesto sobre Bienes Inmuebles Urbana |
2017 |
05-07-2017 |
05-09-2017 |
Impuesto sobre Bienes Inmuebles Rústica |
2017 |
05-07-2017 |
05-09-2017 |
Tasa suministro de agua y depuradora |
1er. Cuatrimestre 2017 |
05-07-2017 |
05-09-2017 |
LUGAR DE PAGO Y DUPLICADOS:
Los pagos se pueden efectuar en cualquiera de las oficinas de todo el territorio nacional de las entidades financieras colaboradoras (bancos y cajas de ahorro), para lo cual será imprescindible la presentación del documento de pago. Los contribuyentes que no reciban los documentos de cobro o los hayan extraviado, podrán obtener un duplicado en las oficinas de CAIXABANK (entidad gestora de la recaudación municipal).
También se puede efectuar el pago a través de los cajeros ciudadanos y en la pasarela de pagos de la web www.azuqueca.es.
Se informa a los contribuyentes que las entidades colaboradoras no podrán poner restricciones de días ni horarios al cobro de los tributos municipales, estando obligados a efectuar el cobro cualquier día de la semana en horario de apertura de la oficina. (Los carteles limitativos de horario de cobro no se refieren al Ayuntamiento sino a otras entidades).
Se recuerda la conveniencia de domiciliar el pago de los tributos, con el fin de evitar retrasos y posibles recargos tributarios, puesto que transcurrido el plazo de ingreso en periodo voluntario se exigirán las deudas por el procedimiento de apremio, produciéndose recargos de hasta un 20%.
Asimismo se informa que en la página www.azuqueca.es existe más información a disposición de los contribuyentes.
RECURSOS:
Recurso de Reposición: ante el Sr. Alcalde, en el plazo de un mes, a partir del día siguiente al de finalización de la exposición pública del presente anuncio.
Recurso Contencioso-Administrativo:
Denegación expresa del Recurso de Reposición. Ante los Juzgados Contencioso - Administrativo de Guadalajara en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al recibo de la notificación de la desestimación del recurso de reposición.
Denegación presunta (silencio administrativo) del Recurso de Reposición ante los Juzgados Contencioso - Administrativo de Guadalajara en el plazo de seis meses a contar desde el día siguiente a aquél en que el referido recurso de reposición ha de entenderse desestimado de forma presunta por silencio administrativo – este silencio se produce por el transcurso de un mes a contar desde el día siguiente a la interposición de dicho recurso de reposición sin que se haya notificado la resolución.
También se puede interponer cualquier otro que se estime conveniente.
En Azuqueca de Henares 16-06-2017. EL ALCALDE. José Luis Blanco Moreno