DIPUTACION PROVINCIAL DE GUADALAJARA
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Acuerdo de 22 de junio de 2017, de la Junta de Gobierno de la Diputación Provincial de Guadalajara, por el que se aprueban las Bases y convocatoria de las subvenciones y ayudas para las fiestas declaradas de interés turístico provincial para el año 2017.
Extracto del Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Diputación Provincial de Guadalajara, de 22 de junio de 2017 (punto nº 7), por el que se convocan subvenciones para las fiestas declaradas de interés turístico provincial año 2017.
BDNS (Identif.): 353557
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/GE/es/index) y en la web de la Diputación Provincial de Guadalajara (http://www.dguadalajara.es/web/guest/subvenciones-turismo).
Primero.- Beneficiarios: Podrán solicitar subvenciones y ayudas a la Diputación Provincial de Guadalajara los Ayuntamientos, Cofradías o Hermandades y Asociaciones responsables de la organización de fiestas populares-tradicionales de la Provincia a las que la Diputación haya concedido oficialmente la declaración de “fiestas de interés turístico provincial”, y se encuentren en la situación que legitima su concesión.
Segundo.- Objeto: El mantenimiento, recuperación y potenciación de las manifestaciones festivas tradicionales, populares y folclore de la Provincia de Guadalajara a fin de posibilitar que su importante capacidad de atracción turística pueda derivar en la formación de un producto turístico de primer orden, que sirva de instrumento dinamizador de la economía de una localidad o comarca determinada.
Tercero.- Bases reguladoras: Ordenanza General Reguladora de la concesión de subvenciones de la Diputación Provincial de Guadalajara, aprobada por el Pleno de la corporación provincial en sesión celebrada el 29 de marzo de 2004 y publicada en el B.O.P. nº 59 de fecha 17 de Mayo de 2.004.
Cuarto.- Cuantía: La cuantía total máxima de las subvenciones asciende a la cantidad de 60.000.- Euros. Las subvenciones se financiarán: 30.000.-€ con cargo a la Partida 430.46200 (a Ayuntamientos) y 30.000.-€ con cargo a la partida 430.48900 (a Asociaciones) del Presupuesto de Gastos de la Excma. Diputación Provincial.
Quinto.- Plazo de presentación de solicitudes: El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días a partir del día siguiente de la publicación de este extracto en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara. Las solicitudes de subvenciones se formalizarán según el modelo que figura en el Anexo I de la Convocatoria, debiendo presentarse, junto con los documentos o informes que en su caso deberán acompañar a dichas solicitudes, en el Registro General de la Corporación o mediante cualquiera de los sistemas previstos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Sexto.- Otros datos: El proceso de concesión será en régimen de concurrencia competitiva. El plazo de presentación de los justificantes de las subvenciones concedidas será hasta el día 30 de noviembre de 2017.
Guadalajara a 03 de julio de 2017. El Presidente de la Diputación Provincial de Guadalajara. Ilmo. sr. D. José Manuel Latre Rebled.