AYUNTAMIENTO DE PINILLA DE JADRAQUE
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Aprobado definitivamente por éste Ayuntamiento el Presupuesto General y Plantilla de Personal para el ejercicio 2016, se hace público, de conformidad con lo establecido en los artículos 150.3 de la Ley 39/88 de 28 de Diciembre Reguladora de las haciendas Locales, y 127 del Real Decreto Legislativo 781/86 de 18 de Abril, por el que se aprueba el texto de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local.
RESUMEN DEL PRESUPUESTO A NIVEL DE CAPITULOS
PRESUPUESTO DE GASTOS
CAPITULO DENOMINACION EUROS
1 GASTOS DE PERSONAL 22.380
2 GASTOS EN BIENES CORRIENTES Y SERVICIOS 22.940
4 TRANSFERENCIAS CORRIENTES 460
6 INVERSIONES REALES 20.300
TOTAL GASTOS 66.080
PRESUPUESTO DE INGRESOS
CAPITULO DENOMINACION EUROS
1 IMPUESTOS DIRECTOS 21.630
2 IMPUESTOS INDIRECTOS 1.500
3 TASAS Y OTROS INGRESOS 16.000
4 TRANSFERENCIAS CORRIENTES 11.160
5 INGRESOS PATRIMONIALES 10.990
7 TRANSFERENCIAS DE CAPITAL 4.800
TOTAL INGRESOS 66.080
PLANTILLA DE PERSONAL:
- Nº DE ORDEN: 1
- DENOMINACION DE LA PLAZA: SECRETARIO INTERVENTOR
- Nº DE PUESTOS:1
- NIVEL DE COMPLEMENTO DE DESTINO: 18
- COMPLEMENTO ESPECIFICO PARA FUNCIONARIOS O CATEGORIA
- PROFESIONAL Y REGIMEN JURIDICO APLICABLE PARA EL PERSONAL LABORAL: SI.
- FORMA DE PROVISION: NOMBRAMIENTO M.A.P.
- TITULACION ACADEMICA: LICENCIADO EN DERECHO
- FORMACION ESPECIFICA:
- OBSERVACIONES: FORMA AGRUPACION PARA SOSTENIMIENTO DE SECRETARIA EN COMUN CON MEDRANDA, CONGOSTRINA Y TORREMOCHA DE JADRAQUE, CON UNA OCUPACIÓN TOTAL DEL 79%.
Podrán interponer recurso contencioso.-administrativo contra el referido presupuesto, en un plazo de dos meses a contar desde el siguiente día de la publicación de éste anuncio en el B.O. de la Provincia, las personas y entidades a que hacen referencia los artículos 63.1 de la Ley 7/85 reguladora de las Bases del Régimen Local y 151.1 de la Ley 39/88 de 28 de Diciembre, reguladora de las Haciendas Locales y por los motivos únicamente enumerados en el número 2 del citado artículo 151.
Pinilla de Jadraque, a 18 de mayo de 2017. El Alcalde Fdo.: Laureano M. Magro Esteban