AYUNTAMIENTO DE BRIHUEGA
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Aprobado definitivamente el Presupuesto General del Ayuntamiento para el 2017, y comprensivo aquel del Presupuesto General de este Ayuntamiento, Bases de Ejecución, plantilla de Personal funcionario y laboral, de conformidad con el artículo 169 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo y el artículo 20 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, se publica el resumen del mismo por capítulos:
ESTADO DE GASTOS |
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A.1. OPERACIONES CORRIENTES |
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CAPÍTULO 1: Gastos de Personal |
1.100.767,34 € |
CAPÍTULO 2: Gastos Corrientes en Bienes y Servicios |
1.224.536,65 € |
CAPÍTULO 3: Gastos Financieros |
7.700,00 € |
CAPÍTULO 4: Transferencias Corrientes |
527.297,11 € |
A.2. OPERACIONES DE CAPITAL |
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CAPÍTULO 6: Inversiones Reales |
188.564,00 € |
CAPÍTULO 7: Transferencias de Capital |
0,00 € |
CAPÍTULO 8: Activos Financieros |
0,00 € |
CAPÍTULO 9: Pasivos Financieros |
100.000,00 € |
TOTAL: |
3.148.865,10 € |
ESTADO DE INGRESOS |
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A) OPERACIONES NO FINANCIERAS |
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A.1. OPERACIONES CORRIENTES |
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CAPÍTULO 1: Impuestos Directos |
1.640.300,00 € |
CAPÍTULO 2: Impuestos Indirectos |
56.000,00 € |
CAPÍTULO 3: Tasas, Precios Públicos y otros Ingresos |
439.650,00 € |
CAPÍTULO 4: Transferencias Corrientes |
958.210,02 € |
CAPÍTULO 5: Ingresos Patrimoniales |
51.705,08 € |
A.2. OPERACIONES DE CAPITAL |
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CAPÍTULO 6: Enajenación de Inversiones Reales |
0,00 € |
CAPÍTULO 7: Transferencias de Capital |
3.000,00 € |
B) OPERACIONES FINANCIERAS |
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CAPÍTULO 8: Activos Financieros |
0,00 € |
CAPÍTULO 9: Pasivos Financieros |
0,00 € |
TOTAL: |
3.148,865,10 € |
PLANTILLA DE PERSONAL
A. FUNCIONARIOS DE CARRERA Nº PLAZAS GRUPO
SECRETARIO INTERVENTOR 1 A
ARQUITECTO ASESOR URBANISTICO 1 A
TECNICO ARCHIVERO 1 A
ADMINISTRACION GENERAL 3 C
PERSONAL DE OFICIOS 2
B. PERSONAL LABORAL FIJO Nº PLAZAS GRUPO
ADMINISTRACION GENERAL 4 C
PERSONAL DE OFICIOS 11
C. PERSONAL LABORAL TEMPORAL Nº PLAZAS
PERSONAL DE OFICIOS 27
SERVICIOS ESPECIALES 12
Total....………………………………......……….62
Dicha aprobación podrá ser impugnada ante la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, con los requisitos, formalidades y causas señaladas en el artículo 170 y 171 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y en la forma y plazos que establecen las normas de dicha Jurisdicción.
En Brihuega, a 12 de marzo de 2017. El Alcalde, Luis Manuel Viejo Esteban.